Observatorio de DDHH repudió fallo por Taser: "Causan muerte a personas"
04/03/2016. Noticias sobre Justicia > Noticias de Argentina
El Observatorio de Derechos Humanos (ODH) repudió el fallo de la Corte Suprema que habilitó a la Policía Metropolitana a utilizar las pistolas Taser, que producen descargas eléctricas y que fueron cuestionadas por su peligrosidad.
"La Corte eligió desentenderse en la causa, avalando que la Policía Metropolitana pueda torturar a las personas que transiten por la ciudad de Buenos Aires, utilizando las neopicanas Taser", sostuvieron desde la entidad a través de un comunicado al que tuvo acceso ámbito.com.
El ODH aglutina a más de una docena de organismos y agrupaciones defensoras de DDDH y fue quien, en conjunto con la Defensoría General de la Ciudad, presentó un recurso de queja ante el máximo Tribunal para evitar la portación de las Taser en las calles porteñas. Al recibir el rechazo, expresaron: "Esta actitud procesal, ante la gravedad institucional que acarrea la posibilidad de que el Estado torture a sus ciudadanos, redunda en un fallo político lamentable al permitir la ilegalidad de un daño a la integridad física de las personas".
La primera autorización para utilizar las Taser la sentenció el Superior Tribunal de Justicia de la Ciudad, que consideró en la demanda subrayar que no se había demostrado la existencia de un daño concreto para impugnar la adquisición de esas armas porque aún restaba esperar la definición de un protocolo de actuación para el uso de esa clase de dispositivos.
Sin embargo, desde la ODH aclararon que en reiteradas presentaciones judiciales "denunciamos -y probamos- que las armas Taser X26 son un elemento de tortura y que en diversos casos -de imposible previsión- causan la muerte de las personas".
Al llegar el recurso a la Corte, los supremos decidieron no tomar intervención por razones formales y desestimó el recurso de la ODH por "prematuro". Los votos que avalaron el fallo fueron los de su presidenteRicardo Lorenzetti, además de Elena Highton de Nolasco y Juan Carlos Maqueda.
En el Observatorio causó "sorpresa" que la Corte difundiera la sentencia a través de su agencia de noticias (CIJ) antes que a las partes. "Al mismo tiempo resulta absolutamente desafortunado que CIJ haya editorializado la noticia sobre el fallo, indicando que la Corte evaluó que nuestro planteo resultó 'prematuro', cuando ese análisis no surge de ningún párrafo de la sentencia", expresaron.
La demanda del ODH ante la Corte había sido acompañada por organizaciones que se presentaron como amicus curiae, con la intención de lograr un amplio tratamiento del caso por parte de los jueces. Algunos "amigos del tribunal" fueron Amnistía Internacional, el gremio UTE-CTERA, Madres de Plaza de Mayo Línea Fundadora, HIJOS, CELS, APDH, la CHA, ATE y Abuelas de Plaza de Mayo, entre otros.
Tras remarcar que "el oscurantista fallo de la Corte prefirió el silencio", el ODH aseguró que insistirán en denunciar el uso de las Taser. "Es tan violatorio del derecho a la integridad física, la tortura mediante el uso de picana en un sótano de una comisaría, como lo es la descarga eléctrica provocada por una moderna Taser X26 en una manifestación", señalaron, y agregaron: "Las Taser son un elemento de tortura por el intenso dolor que generan, hecho corroborado por el Comité contra la Tortura de la ONU y por Amnistía Internacional".
Ámbito.com reveló que sólo en los Estados Unidos se contabilizan más de 600 muertes con las Taser en los últimos 14 años.
La empresa fabricante de las Taser asegura que un disparo provoca la inmovilización instantánea durante cinco segundos. La víctima padece 19 contracciones por segundo en los grupos musculares y el cuerpo queda extenuado por el plazo de 10 minutos. No importa si la descarga se realiza sobre la ropa, la electricidad se trasmite igual. El alcance de los policías al sospechoso va de los cuatro a los diez metros. Desde más lejos no se puede utilizar. El costo es similar al de un arma de fuego. Además de EEUU, las emplean fuerzas de seguridad de Colombia, Brasil, México, Reino Unido y Francia.
Los principales efectos secundarios de la aplicación son la incapacidad para mantener el equilibrio, que puede causar raspaduras, cortes y fracturas, ya sea por la caída al piso al sufrir la descarga o por no poder levantarse normalmente. Además, puede provocar convulsiones temporales o posteriores, quemar o dañar la piel o los músculos y si el disparo va al corazón, podría ocasionar lesiones coronarias severas, que pueden llevar a un paro cardíaco.
Sobre el final del comunicado, el Observatorio advierte que tras agotar las instancias judiciales, analizarán los pasos a seguir en tribunales internacionales. "Queremos poner un freno a la violación de los derechos humanos. No podemos permitir que se vuelvan a utilizar las picanas eléctricas en la Argentina. Desde el ODH seguiremos exigiendo 'Picanas, ¡Nunca Más!'", concluyeron.
Fuente: Ámbito