Extincion de dominio: juristas alertan sobre la inconstitucionalidad del DNU
22/01/2019. Noticias sobre Justicia > Noticias de Argentina
Entienden que no se verifica "necesidad ni urgencia", que hay un proyecto en discusión en el Congreso y que la Constitución veda legislar en materia penal a través de decretos
Aunque destacan el fin "loable" de avanzar con la extinción de dominio para recuperar bienes de la corrupción, juristas advierten que el decreto de necesidad y urgencia que Mauricio Macri firmó para ponerla en marcha, podría ser declarado inconstitucional.
Los cuestionamientos de los especialistas apuntan a tres ejes: el hecho de que, en este caso, el DNU no se justifica porque no existen ni necesidad ni urgencia, la vigencia de un proyecto en trámite, aunque empantanado, en elCongreso , y la prohibición constitucional de que un DNU legisle en materia penal.
"El decreto que emitió el Poder Ejecutivo tiene fuerte presunción de inconstitucionalidad. En primer lugar, es inviable porque no se advierten necesidad ni urgencia. El Ejecutivo bien podría convocar a sesiones extraordinarias del Congreso para que se trate el proyecto que está en laCámara de Diputados ", advirtió el constitucionalista Gregorio Badeni.
"El DNU es un claro avance del Ejecutivo sobre facultades del Congreso", añadió ante la consulta de LA NACIÓN. "La finalidad [del DNU] es muy justa y loable, pero el Gobierno o esta mal asesorado o no está interesado en ajustarse a las normas del Estado de derecho", concluyó.
Ricardo Monner Sans, por su parte, planteó que aunque la extinción de dominio se tramite en el fuero civil, eso no elimina el origen penal de los delitos investigados y recordó el artículo 99 de la Constitución Nacional que establece que el DNU podrá dictarse "solamente cuando circunstancias excepcionales hicieran imposible seguir los trámites ordinarios para la sanción de las leyes" y siempre que "no se trate de normas que regulen materia penal". Sobre esa base, el jurista señaló que la sanción de decretos de necesidad y urgencia "está pensada para momentos en los que no hay norma alguna en trámite y este no es el caso".
Monner Sans aludió así a que el tema ya se discutió en el Congreso, aunque la sanción de la ley está pendiente. Una primera versión del proyecto de ley de extinción, en línea con el decreto firmado ayer por Macri, fue aprobada por la Cámara de Diputados en junio de 2016, diez días después del comienzo del escándalo por los bolsos de José López.
Después de mantenerlo dormido durante dos años, el Senado sancionó el proyecto con cambios el 22 de agosto de 2018, justo después de que se conoció el caso de los cuadernos de las coimas . El proyecto volvió a Diputados en segunda revisión y, como el oficialismo no reunía los votos para insistir con la versión original y la oposición tampoco lograba lo mismo para sancionar el proyecto votado en el Senado, la iniciativa quedó en un punto muerto. "El tema no es virgen. Está en el Congreso y a mitad del río se mete el Ejecutivo en una actitud intrusiva", alertó Monner Sans. Subrayó sin embargo que avanzar con la ley de dominio es "fundamental", pero advirtió que hay que hacerlo con apego a las leyes. "El fin no justifica los medios", graficó
Por otro lado, el especialista advirtió que, según se desprende del decreto, no queda claro en qué momento del proceso penal se puede iniciar la acción civil para decomisar los bienes de la persona imputada.
Félix Loñ, en tanto, hizo foco en el proceso de análisis de los DNU por parte de la Comisión Bicameral de Trámite Legislativo del Congreso. Cuestionó que baste con la aprobación de una de las dos cámaras para que el decreto quede en pie. Que ambas cámaras rechacen el DNU parece hoy improbable. Además, el constitucionalista añadió: "No entiendo el apresuramiento cuando faltan pocos días para las sesiones extraordinarias".
También Andrés Gil Domínguez planteó sus objeciones a la extinción de domimio tal como quedó plasmada en el DNU, aunque a través de su cuenta de Twitter. "[La extinción de dominio] se puede promover contra una persona aunque ni siquiera se encuentre imputada en una causa penal, solo basta que se dicte una medida cautelar sobre un bien en un proceso penal", advirtió.
En la otra vereda se ubicó Daniel Sabsay que, también vía Twitter, defendió la decisión del Gobierno. "La lucha contra la corrupción, la trata de personas y otros delitos similares no admite demora. La posibilidad para el Estado de recuperar los bienes resultantes de esos delitos requiere celeridad. La inconcebible 'lentitud' de los senadores no deja otra salida que el decreto", escribió.
LA NACION