Cómo se llegó a la certeza de que Javier Saavedra mató a Jimena Salas
01/12/2025. Noticias sobre Justicia > Noticias de Salta
El Tribunal dio a conocer los fundamentos de su sentencia. Las pruebas genéticas, testimoniales y periciales que reconstruyen la mecánica y la violencia del hecho.
El Tribunal que llevó adelante el juicio por el femicidio de Jimena Salas, integrado por los jueces José Luis Riera y Maximiliano Troyano y la jueza Mónica Faber, dio a conocer los fundamentos del veredicto del 7 de noviembre en el que declaró que Javier Nicolás Saavedra fue el autor de este asesinato, cometido el 27 de enero de 2017 en la localidad de Vaqueros.
En esa ocasión el Tribunal absolvió por el beneficio de la duda a los hermanos de Javier, Carlos Damián y Adrián Guillermo Saavedra.
El Tribunal señaló si bien Javier Saavedra “fue sobreseído con motivo de su fallecimiento” (en vísperas del inicio de este proceso oral) corresponde analizar la totalidad “de la plataforma fáctica sometida a debate, así como toda la prueba producida e incorporada por las partes” porque esa plataforma fáctica “debe apreciarse de modo integral y armónico, a fin de reconstruir el hecho histórico en su totalidad“.
En cuanto al hecho, sostuvo que Jimena Salas fue abordada en su casa entre las 12.20 y las 12.51 “por un individuo que se presentó bajo el pretexto de haber encontrado un perro perdido, reproduciendo el mismo ardid empleado días antes en otra vivienda de la zona. El ataque se produjo inmediatamente después de esa interacción, en un contexto de aparente confianza, mientras las niñas (hijas de la víctima) permanecían en el interior de la casa”. Después el agresor se fue dejando la puerta entreabierta y a las nenas encerradas en un baño.
El tribunal sostuvo que cuatro testimonios reunidos en la primera etapa de la investigación ofrecieron “indicios claros y concordantes” que permitieron vincular a un hombre que fue visto en Vaqueros con un perrito como el que usó el asesino. Eso indicios serán “corroborados y precisados mediante otros testimonios, pericias técnicas y evidencia objetiva, permitiendo finalmente establecer que la persona visualizada correspondía a Javier Nicolás Saavedra, posteriormente identificado de manera certera como autor material del hecho“.
“El mismo perro y la misma persona”
Un testimonio central fue el de una joven que cuatro días antes del crimen, cuando estaba cuidando la casa de una amiga en Vaqueros, recibió la visita de un joven que decía ser un vecino que había encontrado una perrita perdida y buscaba a su posible dueño. La joven le tomó fotos a la perrita para compartirla con el fin de dar con su dueño y le pidió un teléfono al joven, que se presentó como Matías.
La joven recién volvió a recordar esa situación en noviembre de 2017. Su amiga vio las fotos que había tomado Jimena Salas poco antes de ser asesinada, de una persona con un perro, y concluyó: “era el mismo perro y la misma persona” en ambas series de fotos.
Esta joven aportó los datos para el identikit del sospechoso: tez blanca, cabello oscuro, rostro angosto, contextura delgada y estatura media a media alta, de unos 24 o 25 años. Estaba bien peinado, sin barba, vestido con un buzo oscuro y una camisa debajo, prolijo. Llevaba una mochila verde militar. La perrita era gris, con buen corte de pelo y correa naranja o fucsia.
El Tribunal destacó que el número de teléfono que el tal “Matías” le dio a la testigo pertenecía a Javier Saavedra, “varía únicamente el orden del sexto y séptimo dígito”, y afirmó que esa coincidencia “otorga verosimilitud a la inferencia de que el contacto mantenido por la testigo fue en realidad con el propio Saavedra”.
Esta joven sufrió una conmoción cuando advirtió que le había permitido acceder a la galería de la casa al tal “Matías”, algo similar a lo que hizo Jimena Salas, que fue atacada dentro de su casa. “Yo hice exactamente lo mismo que Jimena Salas cuatro días antes; le abrí la puerta de mi casa a un desconocido con un perro, confiando en esa historia”, dijo antes de contar que sentía “angustia por haber estado en una situación tan parecida”.
El Tribunal puso énfasis en “El factor sensibilizador y engañoso del perro, que actuó como instrumento de manipulación emocional y anuló las defensas naturales de la víctima, a quienes los testigos la caracterizaron por marcada sensibilidad hacia los animales”.
“Estoy tratando de no hacerme la cabeza”
En la convicción del Tribunal también influyeron los diálogos entre Javier Saavedra y su novia, luego de que la fiscalía difundiera la imagen de un hombre con un perrito tomada por Jimena Salas minutos antes de que fuera asesinada.
El primer audio que la novia le envió a Javier contiene observaciones que “demuestran un reconocimiento espontáneo y detallado de elementos visuales coincidentes”, sostuvo el Tribunal.
En el segundo audio, agregó "expresiones que denotan un estado emocional de conmoción ante lo que percibe como una coincidencia inequívoca", agregó. “Estoy tratando de no hacerme la cabeza, pero yo vi el video, amor, se me erizó la piel, o sea, se me pararon los pelos porque yo dije, es la Chichita (la perrita que Javier Saavedra le había regalado y cuyo cuidado compartían)”, decía la novia. También señalaba que por la fecha del crimen a su perrita le habían hecho un corte como el que tenía la de la foto tomada por Jimena Salas.
El Tribunal subrayó que cuando declaró en el juicio esta joven “confirma los datos objetivos que los audios y mensajes ya evidenciaban: la existencia de la perra caniche gris de nombre ‘Bonis’ o de cariño ‘Chichita’, el collar y la correa rojos, y el automóvil VW Vento color marrón”.
La prueba genética
La prueba “trascendental y concluyente en orden a la determinación de la presencia y de su autoría por parte de Javier Nicolás Saavedra, es la evidencia genética obtenida en la escena del hecho", aseguró el Tribunal.
Añadió que el hallazgo de huellas genéticas y su análisis “permitió, con certeza científica y conforme a los estándares de validación aceptados, ubicar a uno de los imputados en el interior del domicilio de la víctima el día de los hechos, así como establecer la presencia de un segundo perfil genético correspondiente a una persona aún no identificada”.
También subrayó que “no existió controversia alguna entre las partes respecto de la modalidad de levantamiento, preservación y cadena de custodia de las muestras biológicas obtenidas“.
El estudio genético “por su naturaleza objetiva y su potencia demostrativa, constituye el elemento de mayor trascendencia dentro del plexo probatorio reunido en autos, al permitir, con un grado de certeza científica, ubicar a Javier Nicolás Saavedra dentro de la vivienda de la víctima Jimena Beatriz Salas en el momento del suceso”, ratificó.
Este estudio fue realizado por la bioquímica Alejandra Guinudinik, especialista en genética forense e integrante del CIF, en conjunto con una genetista designada por la defensa. El Tribunal resaltó en este sentido que “Ambas elaboraron e impusieron sus firmas en un informe conjunto, coincidiendo íntegramente en las conclusiones técnicas, sin formular observaciones ni disidencias”.
Asimismo, señaló que ambas peritas declararon que “la toma de muestras indubitadas a los imputados se realizó en un mismo acto, filmado y presenciado por las partes, sin objeciones, preservándose en todo momento la cadena de custodia”.
De las 17 muestras colectadas en la escena del crimen, se pudo extraer material genético correspondiente a una persona de sexo masculino, “que de su cotejo se identificaron con la muestra de ADN obtenida de Javier Nicolás Saavedra”. Mientras que en otras seis muestras “se pudo extraer material genético de otro masculino distinto al primero”.
El Tribunal destacó asimismo que esta correspondencia, alcanzada “en distintos laboratorios y en momentos procesales diversos (2018 en Jujuy y 2022/2023 en el CIF de Salta), refuerza la unicidad y consistencia de los resultados genéticos, confirmando que las coincidencias atribuidas al imputado no responden a error, azar ni contaminación, sino a una identidad genética reproducible en el tiempo y el espacio, bajo parámetros de control interinstitucional".
Los antecedentes psicológicos
Asimismo, el Tribunal resaltó la pericia psicológica a Javier Saavedra, practicada por la psicóloga Carolina Cornejo, del CIF, que lo describió “como un sujeto con sentimientos de insuficiencia y dificultades de adaptación frente a la figura femenina adulta, lo que podía traducirse en conductas impulsivas o violentas hacia mujeres". Que “no concebía a los demás como sujetos sino como objetos funcionales a sus fines, mostrando una estructura afectiva anestesiada, carente de empatía y de culpa, así como una tendencia a la simulación y a la manipulación constante de terceros".
La perita concluyó que Javier Saavedra “reúne rasgos de personalidad psicopática, con base narcisista y egocéntrica, caracterizada por omnipotencia, ausencia de culpa, manipulación, simulación y pasaje impulsivo al acto violento”. Señaló que no se trata de una enfermedad mental, sino de “una forma estable de funcionamiento de la personalidad”.
Para el Tribunal, “en el contexto de los demás elementos de prueba valorados”, la pericia de Cornejo “resulta de alto valor técnico y corroborativo, en tanto proporciona una base científica a las conductas observadas en el imputado”.
Repliegue y ocultamiento
“La conducta atribuida a Javier Nicolás Saavedra respondió a un accionar deliberado y violento, dirigido específicamente contra Jimena Beatriz Salas", aseguró el Tribunal.
Sobre el final afirmó que “resultó llamativa y reveladora la conducta asumida por Javier Nicolás Saavedra a partir del mes de diciembre del año 2017, inmediatamente después de la difusión pública de las imágenes extraídas del teléfono celular de la víctima”. A principios de 2018, Saavedra se fue a Santa Victoria Este, “con el pretexto de participar en tareas de voluntariado”.
El Tribunal valoró estas conductas posteriores al femicidio como indicadores de responsabilidad: “Corrobora esta secuencia el hecho que Javier Saavedra presentó un cambio notorio de aspecto físico y de vestimenta“, dijo.
Estos elementos muestran “una conducta de repliegue y ocultamiento, coherente con la toma de conciencia del avance investigativo, lo que aporta un indicador post delictual de significación incriminante que refuerza la secuencia de su intervención en los hechos y el progresivo intento de desvincularse de su entorno habitual”, afirmó.
Esas reacciones son “una manifestación concreta de autoconciencia de exposición y de intento de elusión". “Consideramos que el viraje conductual, la decisión de trasladarse abruptamente a otra localidad y la modificación de su aspecto físico constituyen indicadores complementarios de responsabilidad“, afirmaron los jueces y la jueza.
El Tribunal también destacó que Javier Saavedra “registraba actividad frecuente, reiterada y focalizada” en la búsqueda de información vinculada al asesinato de Salas. Incluso, en 2018 se sumó a un grupo de Facebook denominado “Justicia por Jimena Salas” y activó las notificaciones automáticas de las publicaciones, lo que “pone de manifiesto una atención selectiva, sostenida y exclusiva” sobre ese hecho.
Fuente de la Información: Página 12