Confirman la pena por abuso sexual contra Pablo Rangeón y ordenan que se dicte un nuevo fallo por las otras cinco víctimas
11/03/2026. Noticias sobre Justicia > Noticias de Salta
El máximo tribunal provincial rechazó el recurso de la defensa contra la condena por abuso sexual con acceso carnal, al mismo tiempo ordenó que el Tribunal de Impugnación dicte un nuevo fallo contra el productor de moda salteño
El máximo tribunal provincial rechazó el recurso de la defensa contra la condena por abuso sexual con acceso carnal, al mismo tiempo ordenó que el Tribunal de Impugnación dicte un nuevo fallo contra el productor de moda salteño, en ese sentido su condena podría pasar de siete a más de 20 años
La Corte de Justicia de Salta confirmó la condena de siete años de prisión por abuso sexual con acceso carnal, dictada en el juicio por uno de los hechos investigados en perjuicio de C.F.R. Además, rechazó parcialmente el recurso de inconstitucionalidad solicitado por la defensa del condenado, la Fiscalía y la querella. Ordenó que el Tribunal de Impugnación dicte un nuevo fallo respecto de las otras cinco acusaciones contra Pablo Rangeón.
Al mismo tiempo, el tribunal dejó firme la decisión que incrementó la indemnización civil a favor de la víctima en ese caso, fijando un monto de 2 millones y medio de pesos.
La Corte ordenó que el Tribunal de Impugnación que por “orden corresponda” -otra Sala deberá pronunciarse- dicte un nuevo fallo. En ese sentido la causa atravesó las siguientes etapas: en primera instancia el caso tuvo una condena y cinco absoluciones por la duda, luego la Sala III del Tribunal de Impugnación revocó las absoluciones y ahora la Corte provincial ordenó que desde Impugnación se dicte una nueva sentencia respecto a los cinco hechos que habían sido absueltos.

Pablo Rangeón.
Condena confirmada
En su análisis, la Corte consideró que el Tribunal de Impugnación había realizado una revisión completa de la sentencia condenatoria y que no existían vicios que justificaran su anulación.
El fallo recordó que, en los delitos sexuales, la prueba suele presentar dificultades particulares porque los hechos suelen ocurrir sin testigos. En ese contexto, destacó que los dichos de la víctima pueden tener un valor central cuando son evaluados junto con otros elementos del expediente.
Los jueces señalaron que “nada impide que un pronunciamiento condenatorio se sustente sólo en la declaración testimonial [de la víctima], siempre y cuando sea objeto de un riguroso análisis y se expongan los aspectos que determinan que le sea asignada credibilidad”.
La Corte concluyó que los cuestionamientos de la defensa se limitaban a expresar una discrepancia con la valoración de la prueba realizada por los tribunales inferiores y que no demostraban la existencia de arbitrariedad en la sentencia. Por ese motivo resolvió rechazar el recurso en lo relativo a la condena y al aumento de la indemnización civil.
Nuevo pronunciamiento
En octubre de 2024, el Tribunal de Impugnación que había revocado las absoluciones dictadas en el juicio por las denuncias contra Pablo Rangeón por el delito de abuso sexual con acceso carnal continuado en perjuicio de S.Y.G.; abuso sexual con acceso carnal y estafa en perjuicio de J.P.P.; abuso sexual simple en perjuicio de M.L.B.; abuso sexual simple continuado en perjuicio de M.P.G.E. y abuso sexual simple con acceso carnal en perjuicio de C.d.V.A..
La Corte ordenó que el expediente sea remitido nuevamente a un nuevo Tribunal de Impugnación. La causa deberá ser analizada para dictar un pronunciamiento sobre los hechos por los que el imputado había sido absuelto.
De esta manera, la Corte confirmó la condena ya impuesta por uno de los casos, y además solicitó a Impugnación el dictamen de un nuevo fallo. En ese sentido, el productor de moda salteño podría pasar de purgar una pena de siete años a otra de más de 20.

Rangeón en su época como productor de moda en Salta.
El caso
El caso de Rangeón fue más allá de las fronteras provinciales y repercutió a nivel nacional generando un enorme interés y al mismo tiempo gran indignación en la sociedad. Fue a partir de denuncias presentadas por la expareja del productor de moda, sumada a otras cinco más -aunque en el juicio se ventiló que las víctimas son muchas más-, jóvenes que lo acusaron de abusos sexuales ocurridos entre el 2010 y el 2017.
Lo manifestado por las víctimas, C.F.R., S.Y.G., J.P.P., M.L.B., M.P.G.E. y C.d.V.A., fue que Rangeón se aprovechó a través de su rol dentro del ambiente del modelaje para no solo prometerles una vida de ensueños sino también aprovecharse de ellas, ultrajarlas y arruinarles su juventud.
El modus operandi que utilizaba el productor de modas, según lo ventilado en las audiencias, era además de prometerles llegar lejos dentro del modelaje, viajes a pasarelas importantes del país, las jóvenes también eran invitadas a boliches salteños como One, Siglo XXI o Hakuna, entre otros, para llevarlas al sector VIP, ofrecerles tragos con alguna sustancia encubierta. Una vez inconscientes, se la llevaban para ultrajarlas.
En 2022, el Tribunal de Juicio de Salta lo condenó a siete años de prisión efectiva por abuso sexual con acceso carnal en perjuicio de una de las denunciantes, mientras que fue absuelto por el beneficio de la duda en otros cinco hechos.
Sin embargo, posteriormente el Tribunal de Impugnación de Salta revocó esas absoluciones y ordenó que se dicte un nuevo pronunciamiento sobre esos casos, lo que dejó abierta la posibilidad de una revisión de la situación penal del acusado. Ahora, la Corte de Salta confirmó la primera condena, 7 años -más la pena civil-, y ordenó que a través de la Sala que corresponda el Tribunal de Impugnación dicte un nuevo fallo.

Pablo Marcelo Rangeón, durante el juicio en 2022.
Partes involucradas en el caso Rangeón
- El tribunal colegiado estuvo integrado por los jueces de la Sala V, Gabriela Romero Nayar (presidenta), Mónica Faber (vocal) y Pablo Farah (vocal interino).
- Por el Ministerio Público intervino el fiscal de la UDIS 4, Pablo Alejandro Rivero.
- La defensa del imputado estuvo a cargo de Luciano Romano y Fernando Díaz Zabalaga.
- En la querella y actoría civil se desempeñaron Sandra Domene y Jorge Agüero.
La Sala III del Tribunal de Impugnación revocó la absolución de Pablo Rangeón, la integran los jueces Eduardo Barrionuevo y Pablo Mariño. En tanto, los representantes de la Corte de Justicia de Salta son: Teresa Ovejero Cornejo (presidenta), Sergio Fabián Vittar (juez), Adriana Rodríguez Faraldo (jueza), Pablo Lóepz Viñals (juez), María Alejandro Gauffín (jueza) y Marcelo Ramón (secretario).
Fuente de la Información: Gente de Salta