Asociación de Jueces desistió del litigio por mandatos en la Corte
30/03/2019. Noticias sobre Justicia > Noticias de Salta
Ratificó su posición, pero sostuvo que la causa se inició ajustada a derecho y luego tomó un perfil político
La Asociación de Jueces de Salta desistió ayer de la acción popular de inconstitucionalidad que había presentado ante la Corte de Justicia de Salta para que se declare inconstitucional el párrafo del artículo 156 de la Constitución provincial, donde establece que los miembros de la Corte duran seis años en sus cargos, al cabo de los cuales pueden acceder a un nuevo acuerdo.
Aunque no se conoció el texto completo de la presentación, ni algún pronunciamiento de la Corte ad hoc, integrada por siete jueces inferiores, se supo que la Asociación puso de manifiesto que la demanda en cuestión había sido planteada por razones "ajustadas a derecho", y que el curso que había tomado era de claro perfil político, ajeno a las intenciones de los demandantes.
El texto, firmado por el presidente, el juez Edgardo Albarracín, con el patrocinio letrado del abogado Ignacio Colombres Garmendia, sostiene que los acuerdos de seis años obligan a los jueces de Corte a renovar sus acuerdos, con lo cual pierden independencia con respecto a otros poderes del Estado, el Ejecutivo y la Legislatura, y ven afectada su estabilidad, a diferencia de los jueces menores, cuyo cargo es vitalicio.
Argumentos
El escrito invocaba principios de la Constitución Nacional, de la provincia, de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, la Declaración Americana de Derechos y Deberes del Hombre, la Declaración Universal de los Derechos Humanos y el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos.
También citaba la respuesta de la Corte Suprema de la Nación a un planteo de la Asociación Argentina de Magistrados contra la provincia de Salta. El dictamen fue que, primero, era necesario un pronunciamiento de la Justicia provincial. Como lo que estaba en cuestión era el mandato de los siete miembros de la Corte salteña, se designó una Corte ad hoc, que demoró casi un año su conformación, debido a que a partir de abril se había puesto en marcha la iniciativa de convocar a la Convención Constituyente para replantear la duración de los mandatos en los tres poderes del Estado.
Aunque no hubo comunicación oficial, la Asociación parece dejar en claro que la objeción de inconstitucionalidad que dio origen a la acción popular sigue abierta y debe ser resuelta.
De haber seguido adelante el trámite de la causa tampoco se hubiera resuelto, por cuanto los acuerdos del Senado para los actuales jueces de la Corte fueron por solo seis años.
Además, la duración de los mismos fue establecida en la Convención de 1998 por razones explicitadas en sus fundamentos. (Ver en esta misma edición, página 13, la entrevista con el presidente de esa Convención, Julio Argentino San Millán).
EL TRIBUNO