Apuntan contra López Viñals por "doblez institucional"
14/05/2025. Noticias sobre Justicia > Noticias de Salta
Un magistrado del fuero civil presentó una dura oposición formal contra la reelección del juez de Corte. La controversia fue potenciada por la oposición formal presentada por el juez Gonzalo Mariño ante el Ministerio de Seguridad y Justicia
A días de que venza su mandato como juez de la Corte de Salta, previsto para el 17 de mayo, la eventual renovación de Pablo López Viñals por diez años más volvió a encender el debate público y jurídico en torno al funcionamiento del Poder Judicial. En un contexto marcado por la reciente acordada que fija el cese de funciones para jueces de primera y segunda instancia al cumplir 70 años, la figura del exprocurador y actual miembro de la Corte quedó nuevamente en el centro de la polémica.
La controversia fue potenciada por la oposición formal presentada por el juez Gonzalo Mariño ante el Ministerio de Seguridad y Justicia de la Provincia, a la que accedió El Tribuno, en la que denuncia lo que considera una "doblez" en la conducta institucional de López Viñals. La crítica no es menor: cuestiona la legitimidad ética y jurídica de su eventual continuidad, basándose en una supuesta contradicción entre sus fallos recientes y su aceptación para ser revalidado en el cargo.
El foco del planteo gira en torno a la Acordada 14302 del 7 de febrero, firmada por López Viñals junto a otros vocales, en la que se establece que todos los jueces inferiores que alcancen los 70 años deberán cesar en sus funciones de forma definitiva el 30 de junio de este año, en consonancia con la reforma constitucional de 2021. Esta medida impactó directamente sobre la carrera judicial de muchos magistrados, entre ellos el propio Mariño, quien promovió una acción de inconstitucionalidad cuestionando la aplicación retroactiva de la norma.
Sin embargo, el punto más crítico, desde la óptica del opositor, es que López Viñals avaló la aplicación plena e inmediata de la nueva Constitución para otros jueces, pero ahora busca renovar su mandato basándose, implícitamente, en el régimen anterior —derogado— que sí permitía reelección. Para Mariño, esto lo coloca en una "encrucijada ética insalvable": o bien falló contra sus convicciones y a favor de intereses políticos, o bien ahora actúa contra el nuevo marco legal con el único objetivo de beneficiarse personalmente.
Herencias y deudas
El malestar social y judicial no se explica solo por este episodio reciente. López Viñals arrastra una pesada mochila desde su gestión como procurador general (2008–2019), etapa en la que, según recuerdan diversos actores judiciales y publicaciones periodísticas, se multiplicaron las causas inconclusas, las investigaciones empantanadas y los reclamos de víctimas sin respuesta. Uno de los casos paradigmáticos fue el doble crimen de las turistas francesas, cuyas irregularidades en la investigación aún resuenan, especialmente luego de la liberación de Santos Clemente Vera por orden de la Corte Suprema.
En ese marco, la posibilidad de su continuidad en la Corte aparece, para muchos, como un signo de desconexión con el reclamo de renovación y transparencia que la sociedad exige al sistema judicial. "¿Merece continuidad quien dejó una justicia más opaca y más desconectada de los reclamos sociales?", se preguntaba en abril pasado un editorial de El Tribuno, aludiendo directamente al perfil del magistrado.
¿Proceso participativo?
Aunque la postulación de los vocales de la Corte debe pasar por un procedimiento participativo previo a la designación —como exige la Constitución reformada—, persiste la sospecha de que dicha instancia podría ser una mera formalidad. La carta de Mariño, acompañada por documentos y fallos que buscan demostrar la incongruencia jurídica de López Viñals, interpela directamente a los poderes políticos sobre el valor que realmente se le otorgará a la participación ciudadana y a los antecedentes éticos de los postulantes.
Reforma: debate por la aplicación retroactiva
Hoy un debate clave dentro del Poder Judicial salteño es: ¿la reforma constitucional de 2021 se aplica automáticamente a jueces designados antes de su vigencia? La Corte de Justicia ya sentó postura con la Acordada 14302, estableciendo que los jueces que cumplan 70 años cesarán en sus cargos el 30 de junio, sin importar si asumieron bajo el régimen anterior. Sin embargo, la eventual reelección de López Viñals —designado en 2019— contradiría ese criterio, ya que la Constitución reformada prohíbe la renovación de vocales en la Corte. Para el juez civil Gonzalo Mariño, este doble estándar vulnera principios básicos como la coherencia judicial y la buena fe. En su presentación de oposición, advierte que aceptar la postulación del vocal implicaría desnaturalizar la reforma y debilitar la credibilidad institucional.
Fuente de la Información: El Tribuno