Un tribunal de Salta condena a prisión a un médico por homicidio culposo
01/10/2014. Noticias sobre Justicia > Noticias de Argentina
El médico condenado, que no ingresará en prisión, deberá no obstante fijar residencia y someterse durante dos años al cuidado de un patronato.
Una magistrada de la Sala Vª del Tribunal de Juicio de la ciudad de Salta ha condenado a dos años de prisión de ejecución condicional e inhabilitación especial por cinco años para el ejercicio de la medicina a un facultativo al que halló culpable de un delito de homicidio culposo.
El médico condenado, que no ingresará en prisión, deberá no obstante fijar residencia y someterse, durante dos años al cuidado de un patronato.
De acuerdo, el médico fue hallado culpable de la muerte de un paciente epiléptico y hemipléjico que ingresó el 9 de mayo de 2009, alrededor de las 15, a una clínica privada de la ciudad de Salta en donde el ahora condenado se desempeñaba como médico de guardia.
El paciente ingresó al centro sanitario con dificultad respiratoria, fiebre y decaimiento. El facultativo de guardia administó al joven dipirona y decidió que permaneciera en observación sin ordenar que se le realizara ningún otro tipo de estudio, aun cuando -dice el portavoz judicial- se trataba de un paciente con serias patologías preexistentes.
Debido a la falta de atención médica, alrededor de las 19 del mismo día, familiares del enfermo decidieron su traslado a otra clínica, a la que ingresó ingresó en estado cianótico, sin tensión arterial, con respiración acelerada y superficial y severamente comprometido. Todo ello, según el relato judicial.
El joven falleció a las 2 de la mañana del 10 de mayo a consecuencia de una parada cardiorrespiratoria y de un shock séptico con insuficiencia respiratoria debido a una neumonía aspirativa.
El tribunal consideró probado que el acusado no actuó conforme a lo que demandaba el cuadro que presentaba el paciente «al no realizar un examen médico completo, no solicitar de manera inmediata pedidos de laboratorio, estudios de rayos X y al no haberlo hidratado. Acciones que hubiesen posibilitado mantener compensado al paciente hasta detectar el cuadro clínico que presentaba y administrar los medicamentos adecuados.
Fuente: Poder Judicial de Salta