Fiscalía pidió a la Corte que restituya las penas originales en la causa ADP
28/01/2026. Noticias sobre Justicia > Noticias de Salta
El Ministerio Público Fiscal presentó un recurso de queja contra la reducción de condenas dispuesta por el Tribunal de Impugnación. Sostiene que hubo una aplicación errónea de la ley y que las maniobras delictivas afectaron a 26 familias.
En noviembre de 2024, la Justicia condenó a exintegrantes de la Asociación Docente Provincial (ADP) por delitos de administración fraudulenta y estafas reiteradas. Patricia Argañaraz, ex secretaria general del gremio, y Ana María Cerezo, tesorera, recibieron penas de seis años de prisión de cumplimiento efectivo, mientras que Raúl Dante Argañaraz y Nicolás Demetrio Zissi fueron condenados a tres años de prisión de ejecución condicional.
Las condenas originales fueron dictadas el 25 de noviembre de 2024 por el Tribunal de Juicio Sala VI, a pedido de la Fiscalía de Delitos Económicos, representada por la fiscal penal Ana Inés Salinas Odorisio.
En ese fallo, Argañaraz y Cerezo fueron halladas responsables de los delitos de administración fraudulenta y estafas reiteradas —26 hechos— en concurso real y en carácter de coautoras. En tanto, Raúl Argañaraz y Nicolás Demetrio Zissi fueron condenados como partícipes necesarios del delito de administración fraudulenta y coautores de estafas reiteradas.
Tras los recursos interpuestos por las defensas, que solicitaron la absolución de los imputados, la Sala IV del Tribunal de Impugnación rechazó dichos planteos, aunque consideró que los 26 hechos de estafa constituían un único hecho de estafa continuada, en concurso real con el delito de administración fraudulenta.
En consecuencia, redujo las penas a tres años y seis meses de prisión efectiva para Argañaraz y Cerezo, y a un año y seis meses de prisión de ejecución condicional para los otros dos condenados.
Sin embargo, el 21 de enero de 2026 el Fiscal de Impugnación interino, Daniel Espilocín, interpuso un Recurso de Queja ante la Corte de Justicia de Salta para que se deje sin efecto la resolución de la Sala IV del Tribunal de Impugnación, que rechazó el Recurso de Inconstitucionalidad presentado por la fiscal de Impugnación, Mónica Poma, contra la decisión que redujo las penas impuestas a los imputados.
El Ministerio Público Fiscal entendió que esta reducción constituyó una aplicación errónea y arbitraria de la ley, al no valorar que las conductas delictivas afectaron a 26 familias diferentes mediante diversas maniobras de captación de recursos.
Por ello, la Fiscalía solicitó a la Corte de Justicia que declare mal denegado el Recurso de Inconstitucionalidad interpuesto por la fiscal Poma y que, en función de los fundamentos expuestos, revoque la sentencia del Tribunal de Impugnación y mantenga las penas originalmente establecidas por el Tribunal de Juicio.
Fuente de la Información: Nuevo Diario