El narco que admitió la supuesta coima a Bruno y Reynoso se fue a Siria
13/04/2026. Noticias sobre Justicia > Noticias de Salta
Con su declaración como "arrepentido", Barakat Barakat vio alivianada su situación penal en densas causas por narcotráfico y tras su salida del país dejó al fuero federal de Salta envuelto en cuestionamientos.
Barakat Barakat, el narco sirio cuya declaración como "arrepentido" sustentó los cargos formulados contra el fiscal federal de Orán, José Luis Bruno, y el exjuez Raúl Reynoso, por presunto cohecho pasivo agravado y prevaricato, ya no está en Argentina. Salió el 30 de octubre de 2025 desde Ezeiza rumbo a su país natal.
Su salida fue confirmada en medio de un escenario judicial que expone decisiones controvertidas. El fiscal Bruno espera que la Justicia Federal de Salta homologue un acuerdo de juicio abreviado que le evitaría la cárcel: recibiría una pena de tres años en suspenso, renunciaría a su cargo y accedería a la jubilación.
En ese acuerdo, el Ministerio Público Fiscal decidió excluir el cohecho -el delito más grave y encuadrar la conducta del fiscal federal de Orán únicamente como un incumplimiento de deberes asumido por el funcionario.
"El cohecho iba a ser muy difícil de probar en juicio", explicó el fiscal coordinador Eduardo Villalba. Según detalló, la acusación contaba con una sola declaración de valor relativo y el acuerdo debía basarse en la prueba disponible, no en hipótesis. En la causa también intervinieron los fiscales Carlos Amad y Diego Iglesias.
El resultado es una contradicción evidente: mientras existe una condena firme por cohecho activo, uno de los magistrados que supuestamente recibieron el dinero queda fuera de esa imputación por falta de prueba suficiente. Lo que subsiste como reproche penal en su caso es la omisión: no haber apelado resoluciones judiciales.

Barakat Barakat, el narco sirio condenado.
Matías Gutiérrez Perea, Defensor Público Federal en ejercicio de la defensa técnica de Reynoso, interpuso oposiciones contra el juicio requerido para el exjuez y el acuerdo abreviado que fiscales federales concertaron con su par de Orán. Perea pidió el sobreseimiento de Reynoso ante la falta de pruebas en la acusación por cohecho, con los mismos fundamentos que beneficiarían a Bruno con el retiro de ese cargo penal.
Sobre la división de cauces advertida en un auto de procesamiento que dictó el juez Julio Bavio y luego confirmó la Cámara Federal -con Bruno y Reynoso señalados por Barakat como supuestos destinatarios del pago de sobornos-, fuentes judiciales señalaron en off que no se logró acreditar con el mismo grado de certeza la participación directa del fiscal, más allá de su conducta omisiva. La definición, en los pasillos de tribunales, generó incomodidad y una reacción que algunos sintetizaron en dos palabras: "magistrados horrorizados".
En ese contexto, el dato central vuelve a Barakat: el hombre que admitió haber sido el nexo en el supuesto pago de 150 mil dólares para influir en una causa narco hoy está fuera del país.
Tenía domicilio en el barrio Alto Verde (Salvador Mazza), uno de los puntos más sensibles de la frontera con Bolivia. Desde allí, según distintas investigaciones judiciales, operó durante años una estructura dedicada al abastecimiento de precursores químicos.
Su historia criminal se remonta a 2010 y tiene un origen inesperado. El asesinato de un matrimonio en la localidad de Icaño, Catamarca, derivó en el hallazgo de una cocina de cocaína en la vivienda. Entre los elementos secuestrados apareció un lote de manitol cuya trazabilidad condujo hasta los hermanos Barakat.
Esa pista permitió reconstruir una red de provisión de insumos químicos para la producción de droga. En los allanamientos posteriores, en Salvador Mazza, se secuestraron 80 toneladas de bicarbonato de sodio, una cantidad incompatible con cualquier uso legal y orientada claramente al circuito narco.
En noviembre de 2018, el Tribunal Oral Federal de Catamarca condenó a Barakat Barakat y a su hermano Fadel a 12 años de prisión por fabricación de estupefacientes agravada y almacenamiento de materias primas. La sentencia acreditó que aportaban sustancias como lidocaína, manitol y dipirona a cocinas de cocaína.
El fallo también estableció la relación con Elías Exeni, un conocido "cocinero" de droga en la región, lo que terminó de ubicar a los Barakat dentro de una organización criminal con roles definidos.
La investigación avanzó luego sobre la estructura más amplia. En 2020, el juez federal Julio Bavio procesó a integrantes de una organización dedicada al tráfico de precursores químicos y señaló a Barakat como uno de los financistas de la operatoria. Pero ese expediente incorporó un elemento clave: la sospecha de protección judicial.
El último capítulo judicial se escribió en mayo de 2025. El Tribunal Oral Federal 2 de Salta condenó a Barakat a 1 año y 8 meses de prisión por cohecho activo agravado. En esa causa, el imputado reconoció haber actuado como intermediario en la entrega de 150 mil dólares destinados a Reynoso y Bruno, a cambio de resoluciones favorables en una causa por narcotráfico. La sentencia detalló que el dinero fue entregado por otro imputado y canalizado a través de un abogado. Esa condena fue unificada con otra anterior, fijando una pena única de 17 años de prisión y declarándolo reincidente. Sin embargo, el dato que hoy reconfigura la escena es otro: el narco que confesó el presunto pago de coimas dentro del sistema judicial vio su situación penal alivianada y ya no está en el país.
Nota desde la cárcel
El 5 de agosto de 2022, el Tribunal Oral Federal 1 de Salta homologó una propuesta de juicio abreviado enviada por la Fiscalía y condenó a Barakat a 8 años de prisión como financista de tráfico ilícito de drogas y organizador de maniobras con materias primas para la fabricación y adulteración de estupefacientes. Esa pena fue unificada con otra de 12 años de prisión que había recibido en Catamarca el 20 de noviembre de 2018 por fabricación de estupefacientes. De la unificación resultó una pena única de 15 años.
En un contexto de encierro y antes de ser condenado, Barakat envío una nota al MPF pidiendo ser tenido como imputado colaborador.
La endeblez probatoria planteada en una casación
El 21 de agosto de 2024 la defensa del fiscal José Luis Bruno interpuso un recurso de casación contra la resolución de Cámara que, dos semanas antes, había confirmado el auto de procesamientos de Bruno y Reynoso por presunto cohecho pasivo agravado en concurso real con prevaricato.
En ese escrito, Ana Clarisa Galán Muñóz, Defensora Pública Oficial, formuló cuestionamientos que hoy -con Barakat libre y en Siria- merecen un repaso. Señaló que, desde un primero momento, esa defensa expuso una "deficiente descripción de los hechos imputados" y construidos "a través de dichos de Barakat". Sostuvo que el relato que motivó la investigación motorizada por el juez Julio Bavio "se sustentó en dichos vagos e imprecisos de una persona que aspiraba a tener un beneficio en la gestión de su condena penal, y que finalmente lo tuvo en relación al hecho" del que asumió "haber sido autor, bajo un ropaje jurídico que desconoció la normativa vigente".
En el recurso, la defensa técnica de Bruno insistió que "se desconocen las circunstancias de modo tiempo y lugar en el que se habría llevado a cabo el supuesto acuerdo delictivo entre Bruno, Reynoso, Arancibia (René Antonio) y Valor (Ramón Antonio) con la intermediación de Barakat".
Recalcó que en cada una de las presentaciones de descargo que se hicieron, se dieron explicaciones concretas y específicas referidas a la manifiesta enemistad existente entre Bruno y Reynoso.
Subrayó que "se relataron distintos acontecimientos que prueban la imposibilidad de poder tener mínimamente acreditado el falaz relato de Barakat". Agregó que en el auto de procesamiento, el juzgador fundó su decisión en la "alta credibilidad" otorgada a los dichos de Barakat.
Reseñó que, ante el tribunal, la defensa de Bruno (también lo hizo la de Reynoso) cuestionó que se llegó a la conclusión incriminatoria mediante la versión irregular (Barakat no era testigo ni colaborador) de un presunto coautor del delito investigado, sin seguir líneas de investigación o verificación de la hipótesis apoyada en sus "meros dichos".
La defensa de Bruno insistió en que las acusaciones se basaron en los "inconsistentes dichos de Barakat", sin reparar en "los graves problemas de credibilidad que presentaban", no solo por los antecedentes de quién los informó, sino también por el contexto en que lo hizo, esperando una recompensa en su causa penal.
Hizo notar que los jueces de la Cámara concordaron con "los graves problemas de credibilidad que tenían los dichos de Barakat" y cuestionaron fuertemente la postura que tenía la Fiscalía en cuanto a su "impunidad". Agregó que los camaristas "discreparon" con lo actuado por el Ministerio Público Fiscal, pero esgrimieron la "imposibilidad de arrogarse facultades requirentes ante la decisión basada en errores normativos".
"Mirada subjetiva"
En el recurso de casación la defensa de Bruno subrayó que la endeblez probatoria se evidenció en la necesidad del juez Bavio de " justificar la convicción para dictar el auto de procesamiento en la "sospecha propia" y una "mirada subjetiva" formada a partir de su "experiencia en otros casos" en los que intervino como instructor y a los que incluso relacionó de manera genérica para "fundamentar probatoriamente su resolución".
Fuente de la Información: El Tribuno