El amparo: "La gran herramienta para hacer que los derechos se respeten”
26/08/2025. Noticias sobre Justicia > Noticias de Salta
Aunque el mecanismo goza de buena salud y fue concebido para ser ágil y efectivo, el abogado advierte que su aplicación puede verse obstaculizada por interpretaciones vagas y la reticencia de algunos jueces frente al poder político.
El abogado constitucionalista Sebastián Aguirre Astigueta analizó el estado actual del amparo constitucional en Salta. En diálogo con Salta/12 abordó aspectos prácticos, jurisprudencia local y el rol de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.
El jueves 21 de agosto, el abogado disertó sobre el amparo en una jornada que dio inicio a las actividades académicas del Instituto de Derecho Constitucional del Colegio de Abogados de Salta. Habló de cómo tramitar el primer caso, de aspectos prácticos y jurisprudenciales. En el marco de esta actividad fue consultado por este diario.
"Desde la época de estudiante sentí atracción por las grandes ideas que tienen los fallos de los tribunales cuando interpretan la Constitución Nacional: hablan de unión nacional, libertad, justicia. Eso me llevó a pensar y estudiar todos los dias lo que pasa en términos constitucionales", dijo el abogado. Desde su punto de vista, el amparo es "la gran herramienta para hacer que los derechos más importantes se respeten: la vida, la igualdad, el trabajo, la salud".
Sin embargo, advirtió que "el acceso a la Justicia es crítico en Salta, pues hay una especie de doble discurso: los programas pilotos y lo que se declama es abrir la jurisdicción, con floridos argumentos como llevar la justicia a los sectores más desfavorecidos, pero constantemente se ensayan restricciones y la falta de justicia es de toda evidencia".
En este sentido, señaló que hay "causas que nunca se resuelven" o que lo hacen "tardíamente" y "generan una sensación de injusticia que es real". "La injusticia sistémica es inocultable", enfatizó.
Respecto al funcionamiento del amparo, Aguirre Astigueta señaló que "en general goza de buena salud" y que la Constitución salteña lo ha diseñado "con pretensiones de que fluya y sea efectivo". "Por ahí se lo retacea con interpretaciones vagas. Pero cualquier persona puede recurrir a la herramienta y todo juez letrado de la provincia está obligado a proveer de protección a quien a él recurre. Los obstáculos muchas veces vienen porque algunos jueces son temerosos del poder político", consideró.
Entre los antecedentes judiciales, destacó los fallos “Mercado” y “Franco”, ambas de 2017, que permitieron resolver demandas ciudadanas relevantes. "Son precedentes en materia de cuidado del ambiente, obligaron a sanear la cuenca del río Arenales, a cuidar a la población, a evitar la contaminación con lixiviados del Vertedero (San Javier), destacó.
En el caso "Mercado c/ la Municipalidad de Salta y otros", vecinos y vecinas de la ciudad de Salta presentaron un amparo colectivo por la contaminación del río Arenales. La sentencia ordenó al Estado provincial, a la Municipalidad y a la empresa Aguas del Norte elaborar y ejecutar un plan de manejo del río, un plan sanitario de emergencia y un sistema de monitoreo ambiental. La Corte de Justicia de Salta confirmó el fallo y rechazó los recursos de apelación. El caso se enmarca en un litigio estructural, con enfoque en derechos colectivos y tutela ambiental. El cumplimiento de la sentencia está todavía en trámite.
En la causa "Franco c/ Municipalidad de Salta; Agrotécnica Fueguina; Secretaría de Medio Ambiente", la demanda apuntó al funcionamiento del Vertedero San Javier y a la falta de controles sobre los lixiviados. El tribunal dictó medidas cautelares: ordenó abrir un nuevo módulo de relleno sanitario y embargó parcialmente los pagos a la empresa concesionaria. El fallo aplicó los principios de prevención y precaución establecidos en la Ley General del Ambiente (25.675), y exigió informes periódicos sobre el cumplimiento de las medidas. La decisión judicial está todavía en proceso de cumplimiento.
En contraposición, Aguirre Astigueta cuestionó resoluciones como “Eben Ezer” y el caso “Mariño” en Orán, que, según su análisis, “van en línea a volver el amparo en una vía muerta”. Para Aguirre Astigueta, la Corte de Salta debería revisar esa jurisprudencia, que “le hace muy mal a su imagen como Tribunal de garantías constitucionales”.
El caso de la "Comunidad Indígena Eben Ezer c/ Provincia de Salta", de (2008), se trató de un amparo interpuesto contra la ley provincial 7.274, que desafectaba como reserva natural los lotes fiscales que habitaban. La Corte Suprema de Justicia de la Nación revocó la sentencia que había rechazado el amparo, y ordenó dictar una nueva resolución que garantizara el acceso a la jurisdicción. El fallo es relevante por la aplicación del artículo 25 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos y del Convenio 169 de la OIT, pero fue criticado por su demora y por la falta de medidas concretas para proteger la propiedad comunitaria indígena.
Por otro lado, en "Mariño y Pfister Aráoz c/ Provincia de Salta", de (2025), los jueces Gonzalo Mariño y Hugo Pfister Aráoz presentaron un amparo para evitar el cese automático de sus funciones al cumplir 70 años, en virtud de la reforma constitucional de 2021. El juez de Orán, Aldo Primucci, les concedió una medida cautelar que suspendía los efectos de la acordada 14.302/25 de la Corte de Justicia. Sin embargo, el tribunal revocó la cautelar en menos de 24 horas, rechazó el amparo in limine y desestimó las recusaciones contra sus propios vocales. El caso fue criticado por la ausencia de debate jurídico sobre el fondo del planteo y por la aplicación desigual de la reforma, ya que otros magistrados permanecieron en funciones pese a haber superado el mismo límite etario. Aguirre Astigueta lo citó como ejemplo de cómo el amparo pierde eficacia cuando el propio tribunal se convierte en juez y parte.
Finalmente, el abogado se refiró al papel de la Convención Americana de Derechos Humanos o Pacto de San José de Costa Rica, que consideró “minusvalorado” por los jueces argentinos. “Muchos no comprenden que también son jueces del sistema interamericano y deben hacer control de convencionalidad”, sostuvo. Atribuyó esta omisión a una "línea ultra conservadora" que pretende aislarnos “de los avances de la civilización y universalidad jurídica en materia de derechos humanos". "Muchos no conocen ni siquiera lo que se debate de fondo", cuestionó.
Fuente de la Información: Página 12