Confirman perpetua por un femicidio y aplican ley Brisa
03/04/2023. Noticias sobre Justicia > Noticias de Argentina
Se trata del fallo contra el hombre que asesinó a su pareja en 2017 y escondió el cadáver en un placard. La hija de la víctima recibirá asistencia económica.
La Suprema Corte bonaerense confirmó la pena de reclusión perpetua para un hombre por el femicidio de su pareja, a quien en 2017 ahorcó, golpeó y luego escondió el cuerpo en el placard de su casa de la localidad de Rafael Castillo, y dispuso que la hija de la víctima tenga una reparación económica amparada en la ley Brisa.
El fallo al que Télam tuvo acceso recayó sobre Jorge Claudio Duré (30), quien en mayo de 2019 fue condenado por el Tribunal Oral en lo Criminal (TOC) 4 de La Matanza por el "homicidio agravado por el vínculo y por violencia de género", en perjuicio de Lorena Aguilar Chazarreta (32).
La sentencia había sido apelada por la defensa oficial que consideró que el acusado debía obtener el "beneficio de la duda", al criticar la calificación legal empleada en primera instancia porque la relación de pareja duró unos tres meses.
Además, el defensor sostuvo que el hecho debió encuadrarse como un "homicidio agravado por codicia", lo cual fue descartado por la Suprema Corte. "El comportamiento de Duré con relación al dinero de la víctima demostró una especial forma de violencia de género: la violencia económica", aseguró.
Es que tras cometer el femicidio, el condenado se compró ropa deportiva luego de vaciar la cuenta de la víctima producto del cobro de una pensión por discapacidad y de un préstamo, que ella pensaba utilizar para festejar el primer cumpleaños de su hija.
"La hipótesis del recurrente estuvo centrada en demostrar que entre su asistido y la víctima no existió una 'relación de pareja' y resaltó que la convivencia duró solo tres meses, mientras que las uniones convivenciales del régimen civil exigen dos años", indicó en su voto el juez Sergio Torres, al que adhirieron sus colegas considerando que ese argumento es "absolutamente ineficaz".
Según el máximo tribunal bonaerense, "mientras para la defensa oficial el vínculo entre Duré y Lorena Mabel Aguilar (quienes convivían desde hacía tres meses y habían comenzado su relación desde hacía más tiempo) era una simple relación de noviazgo recién iniciada y carente de permanencia, para ambas instancias anteriores ese vínculo configuró una situación fáctica suficiente para probar la 'relación de pareja'".
Los jueces afirmaron que en este caso se tuvieron en cuenta "los antecedentes de violencia de Duré en su relación anterior, la violencia de género respecto de la propia víctima de autos, Lorena Mabel Aguilar, sumado al modo particular en que se cometió el homicidio, mediante ahorcamiento con brutales lesiones post mortem, entre otras".
Fuente de la Información: El Tribuno