Valoración ciudadana para selección de jueces de Corte
20/03/2022. Noticias sobre Justicia > Noticias de Salta
Con la reforma parcial de la Constitución Provincial, el procedimiento participativo de la gente será establecido por ley. El Senado ya otorgó media sanción al proyecto.
Con la reciente reforma parcial de la Constitución Provincial se estableció que para la designación de jueces de la Corte de Justicia, el procedimiento participativo previo de la ciudadanía será establecido por ley.
El Senado dio el primer paso para cumplir con la nueva manda constitucional que se plasmó en el párrafo 1§ del artículo 156.
Este determina que las juezas y jueces de la Corte de Justicia son nombrados por el Ejecutivo, previo procedimiento participativo de la ciudadanía establecido por ley, con acuerdo del Senado prestado en sesión pública. Duran diez años en sus funciones, no pudiendo ser nombrados nuevamente.
En la primera sesión del año los senadores dieron media sanción al proyecto de ley que contiene el proceso de valoración ciudadana previa para los futuros postulados al máximo tribunal de justicia.
Este mecanismo se venía cumpliendo con pautas fijadas en 2008 con el decreto 617, adecuado en 2019 con el decreto 388.
La ley que aprobó el Senado y que pasó en revisión a Diputados garantiza transparencia y efectiva participación de la gente, destacó en el recinto el senador Jorge Soto, titular de la comisión de Justicia, Acuerdos y Designaciones.
Como nueva autoridad de aplicación, el dictado de las resoluciones reglamentarias estará a cargo del Ministerio de Seguridad y Justicia, hoy a cargo del exjuez de Corte Abel Cornejo. Esta función la venía cumpliendo el anterior ministerio de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos.
La facultad para el ejercicio de la participación ciudadana en el proceso de nombramiento de los jueces de la Corte de Justicia de Salta fue dispuesta en el 2008 con el decreto 617. Este instrumento fue adecuado posteriormente, en 2019, a través del decreto 388. Con la ley que sancionará la Legislatura, ambos decretos dejarán de regir.
Para posibilitar la participación ciudadana la ley dispone que ante vacante en la Corte de Justicia, el Ejecutivo publicará en el Boletín Oficial y en por lo menos dos diarios de circulación provincial, durante tres días, el nombre y los antecedentes curriculares de la o las personas que se encuentren en consideración.
En forma simultánea, se establecerán otros mecanismos de difusión a través de recursos informáticos.
Los ciudadanos, las organizaciones no gubernamentales, los colegios y asociaciones profesionales, entidades académicas y de derechos humanos, en un plazo de 15 días, a contar desde la última publicación, podrán presentar al Ministerio del Justicia y Seguridad, por escrito de modo fundado y documentado, las posturas, observaciones y circunstancias que consideren de interés expresar respecto de los incluidos en el proceso de preselección.
No serán consideradas objeciones de carácter irrelevantes o que se funden en cualquier tipo de discriminación o agravio infundado.
Fuente de la Información: El Tribuno