Un testigo víctima pidió volver a declarar
13/11/2021. Noticias sobre Justicia > Noticias de Salta
La petición suscitó una discusión entre la Fiscalía y la querella, por un lado, y las defensas, por el otro. El Tribunal decidió escucharlo, pero no podrá hablar sobre lo que ya relató.
José Humberto Zalazar declaró ante el Tribunal Oral en lo Federal 1 de Salta el 21 de octubre último. Lo habían citado para que contara sobre el asesinato de su padre, el trabajador Calixto Zalazar, cuyo cuerpo apareció el 6 de septiembre de 1976, plena dictadura cívico militar, en un terraplén del río en el barrio Villa Primavera de la zona sudeste de la ciudad de Salta.
Pero fue muy poco lo que pudo decir, era evidente que estaba bloqueado, a tal punto que abandonó la sala llorando, tras apenas contar que la madrugada de ese día fue la Policía a avisarle del hallazgo del cuerpo de su padre y solo atinó a indicarles donde vivía su hermano mayor, Andrés Zalazar.
Ahora pidió volver a declarar, para hablar de su padre. La petición la presentó la psicóloga Natalia Baumann, delegada local del Centro de Asistencia a Víctimas de Violaciones de Derechos Humanos “Dr. Fernando Ulloa”, basándose en los derechos que asisten a las víctimas y en la obligación del Estado argentino de propiciar acciones que sean reparadoras del daño infligido por el terrorismo estatal, y suscitó una discusión entre las partes.
El fiscal general Carlos Amad acordó con el pedido, basándose en los derechos de las personas víctimas, como es el caso de este testigo. Solo pidió que se tomen los recaudos para evitar una revictimización.
"Es inobjetable el derecho de la víctima a ampliar su declaración", coincidió el abogado Gastón Casabella, que representa a la querella de la Secretaría de Derechos Humanos de la Nación. Citó la ley nacional 27372, de Derechos y Garantías de las Personas Víctimas de Delitos, y subrayó que se trata de un testigo que es víctima. En el primer inciso de su artículo 3° esta ley indica que su objeto es "Reconocer y garantizar los derechos de las víctimas del delito y de violaciones a derechos humanos, en especial".
Pero el defensor oficial Federico Petrina se opuso, "por entender que no corresponde" porque "el testimonio del señor está ya contaminado", dado que conoce lo que declarado los otros testigos.
El abogado Marcelo Arancibia, que asiste al comisario retirado Juan Manuel Reinoso, adhirió a los dichos del defensor oficial, y agregó otras razones para que no se permitiera que José Zalazar volviera a declarar: ya tuvo oportunidad de dar su testimonio "con todas las garantías de hecho y de derecho"; aquella declaración fue espontánea, dicha con naturalidad, sin "reprogramación". Además, dijo, "nos oponemos a la revictimización".
La presidenta del Tribunal, Marta Liliana Snopek, decidió que José Zalazar puede volver a declarar, pero solo para hablar de cuestiones que no haya tratado en su primer testimonio. Aclaró que no hay revictimización, porque él mismo está pidiendo declarar de nuevo. Los otros jueces, Federico Díaz y Mario Marcelo Juárez Almaraz, coincidieron. En los juicios de lesa humanidad en Salta es la primera vez que un testigo tiene la posibilidad de declarar dos veces.
Por otro lado, ayer declararon dos testigos. De ellos, solo Ricardo Abel Rodríguez conoció a Calixto Zalazar pero fue poco lo que pudo aportar porque en 1976 era un niño de diez años y sus conocimientos son por comentarios de su padre y su madre sobre la muerte del trabajador. El otro testigo, un ex empleado de la empresa funeraria Pieve, no hizo aportes de relevancia.
Calixto Zalazar fue detenido en una razzia policial el 4 de septiembre de 1976. Se sabe que junto a otros detenidos fue llevado a la Comisaría 4°, donde funcionó un centro clandestino de detención y torturas, y hay testimonios de que fue golpeado por un policía de apellido Astigueta, ya fallecido. Por este hecho están siendo juzgados el militar Virtom Modesto Mendíaz, que fue subjefe y jefe de la Policía, y los comisarios Joaquín Guil, Roberto Arredes y José Manuel Reinoso. Todos ocupaban cargos de decisión durante la dictadura.
Las defensas sostienen que el homicidio no tiene que ver con la represión estatal y por lo tanto está prescripto. En cambio, la Fiscalía afirma que la muerte de Calixto Zalazar constituye un delito de lesa humanidad (imprescriptible) porque fue cometido por miembros del aparato estatal, luego no "no se sustanció ningún tipo de actuación policial, sumario penal o investigación de cualquier tipo" y funcionarios policiales amenazaron de muerte a los familiares de la víctima para que no investigaran las circunstancias de su muerte.
Fuente de la Información: Salta 12