Un progenitor ausente condenado a reconocer y pagar un resarcimiento a su hija
21/03/2022. Noticias sobre Justicia > Noticias de Salta
El juez Juan Canavoso condenó al demandado al pago de $500.000 por daño moral a su hija adolescente. Además estableció la filiación y que el apellido del progenitor vaya en segundo lugar, después del de la madre.
El juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de Personas y Familia 6, Juan Canavoso condenó a un progenitor ausente al establecimiento del vínculo paterno y a pagar un resarcimiento moral de $500.000. La demanda fue iniciada por una adolescente que solicitó el patrocinio letrado de la abogada del niño, Marta Aguilar, para reclamar el reconocimiento paterno, exigió una indemnización por daño moral y material por la ausencia de su progenitor y lo demandó ante el incumplimiento de las obligaciones filiales.
La abogada Aguilar explicó a Salta/12 que el proceso llevó aproximadamente dos años. Señaló que la sentencia ordenó el "emplazamiento de estado de hija, luego de la realización de la prueba de ADN" que dio positiva. Además de establecer una reparación económica. En este caso, se acreditó la paternidad mediante examen de ADN, y se pudo comprobar que el progenitor conocía de la existencia de su hija biológica, y aún así evadió sus responsabilidades parentales.
Aguilar explicó que mediante un convenio con el Colegio de Farmacéuticos de Buenos Aires, pueden realizarse las pruebas de ADN de forma gratuita para quienes no pueden pagarlo.
El Juez expresó en su sentencia que ante la violación del derecho a la filiación y a la identidad, surge la obligación del progenitor de reparar el perjuicio provocado en contra de su hija. Estableció la filiación paterna y que la adolescente llevará el apellido materno en primer lugar, y paterno en segundo lugar. Las costas del juicio fueron impuestas al demandado.
Fuente de la Información: Página 12