Responsabilidad
30/03/2022. Noticias sobre Justicia > Noticias de Salta
Aunque no ha tenido un lugar preponderante en la atención pública, resulta importante destacar que nuevamente se ha puesto en marcha un grupo de trabajo para dotar a la Provincia de una Ley de Responsabilidad del Estado. Dicha responsabilidad está cont
La tarea quedó en cabeza de la Secretaría de Justicia y Métodos Participativos de Resolución de Conflictos cuyo titular, Diego Pérez, fue el convocante a la primera reunión de una Comisión de trabajo a los fines de contar con una normativa que actualice procedimientos e introduzca tecnología a fin de facilitar la digitalización de procesos. La tarea de esta comisión alcanzará también a la reforma del Código de Procedimientos en lo Contencioso Administrativo, que data de 1908.
La Constitución Provincial, en su Artículo 5, precisa que el Estado y, en su caso, sus funcionarios y empleados son responsables por los daños que ocasionen. Esta responsabilidad se extiende a los errores judiciales. También indica que el Estado Provincial es plenamente justiciable sin necesidad de autorización previa, en los términos de las leyes pertinentes. Por último establece que los embargos no pueden recaer sobre los bienes afectados a la función asistencial del Estado ni exceder el veinticinco por ciento de los recursos ordinarios.
Esas referencias son la guía para la resolución de casos que se generan por la acción –o inacción- del Estado. Por ahora, dijo el Secretario de Justicia, se viene interactuando con la ley de Responsabilidad del Estado nacional pero existe la necesidad de redactar una ley propia y su adecuación al Código Civil y Comercial modificado en el 2015.
La ley nacional es la 26.944, que fuera sancionada en julio de 2014, determinando que el Estado es responsable por los daños que su actividad o inactividad les produzca a los bienes o derechos de las personas. Dicha responsabilidad es objetiva y directa. La norma invita a las provincias y a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a adherir a sus términos para la regulación de la responsabilidad estatal en sus ámbitos respectivos.
Sn embargo, muchos especialistas sugieren que dicha adhesión no debe ser simple y llana sino que en ejercicio de su propia autonomía, cada provincia debe aplicar su impronta. Es lo que había intentado Salta cuando en agosto de 2015 se integró una comisión a ese fin, presidida por quien era la Ministra de Justicia y es actualmente diputada nacional Pamela Calletti.
Se entendía por entonces que generar una Ley específica permitiría establecer normas claras y precisas que promuevan una mayor seguridad jurídica en las pautas concretas que van a regir dicha responsabilidad. Se pretendía definir un régimen jurídico diferenciado, estableciendo los supuestos de hecho que generen indemnizabilidad por la actividad e inactividad, legítima e ilegítima, del Estado provincial y de sus funcionarios.
La experiencia acumulada marca la necesidad de sancionar esa ley pero también reclama que el Estado aplique reparaciones, suspendidas en otras circunstancias por la vigencia de una extendida emergencia económica. Es el Estado el que debe servir a los intereses de la sociedad y no servirse de ella, como parece que sucede.
Fuente de la Información: Aries Online