Queja
25/07/2019. Noticias sobre Justicia > Noticias de Salta
El cura José Carlos Aguilera no puede confiar en que sus deudas con la Justicia han quedado saldadas a partir de que un juez decretó la prescripción de sus delitos y luego rechazó un recurso de inconstitucionalidad para que no se revise su decisión.
Un fiscal tenaz está dispuesto a llegar al Supremo Tribunal para que su conducta espuria reciba en tiempo y forma la condigna sanción penal, amén de la justa condena social.
El sacerdote en cuestión está acusado de abuso sexual gravemente ultrajante por circunstancias de su realización, agravado por ser ministro de culto. Hasta ahora ha encontrado en la Iglesia primero y en el juez del Tribunal de Impugnación, Adolfo Figueroa, una protección inusitada porque apunta a dejar absolutamente impune una maniobra delictiva perfectamente acreditada en la investigación realizada y que fuera explícita y debidamente descripta en la causa abierta en la Justicia ordinaria.
Es por ello que el fiscal de Impugnación, Rodolfo Villalba Ovejero, luego que un recurso de inconstitucionalidad le fuera denegado, se dirigió en queja a la Corte de Justicia por inconstitucionalidad denegada, pidiendo que se haga lugar a la queja, se declare mal denegado el recurso y se imprima el trámite pertinente para resolver la cuestión de fondo. Además, se cuidó de dejar expresa reserva del Caso Federal, en base a abundante doctrina y precedentes jurídicos.
No es el único funcionario judicial que trata de poner al religioso en el lugar que sus tropelías lo hicieron merecedor, atento a que si está eludiendo la acción reparadora de la Justicia es porque el juez Figueroa consideró prescripto el hecho. El jefe de los fiscales, el procurador general Abel Cornejo, pidió que el magistrado sea investigado por presunto mal desempeño y que cese en sus funciones porque ejerce un cargo desde hace casi tres años como interino estando ya jubilado.
El empeño tiene que ver con la naturaleza del delito del que se acusa a Aguilera, que arrastra al juez que lo libera. En este tipo de causas está dicho en el mismo Tribunal de Impugnación -pero en otra Sala- que “es imprescriptible el abuso infantil desde la óptica del interés superior del niño, con total prescindencia del tiempo transcurrido entre la consumación del ilícito y el momento de su develamiento, en el convencimiento de que el Estado en esos casos execrables, no puede dar la espalda a la víctima, retaceándole el cúmulo de actos protectorios en su favor, la investigación y la justa condena del depravado”.
Además, en una sociedad como la salteña pesan los hechos de abusos perpetrados por sacerdotes porque –dijo el fiscal que fue en queja ante la Corte- han permanecido en el anonimato, gozando los abusadores de una execrable impunidad debido a la falta de denuncias de las víctimas y el cobarde encubrimiento de las autoridades religiosas”. En ese orden, ha considerado que debe “someterse a juicio y castigo a una persona acusada de graves delitos cometidos en contra de la infancia y que no debe darse tregua a la lucha emprendida contra la pedofilia”.
Y es muy razonable porque como afirma la psicóloga salteña Cynthia Molinari, si quienes deben proteger y amparar dañan, las consecuencias son más graves. El trauma del abuso infantil es imprescriptible y así deben ser las causas judiciales que originan.
Fuente de la Información: Aries