Prorrogan la implementación del Código Procesal Penal en Salta
14/02/2026. Noticias sobre Justicia > Noticias de Salta
El gobierno de Salta extendió por tres meses la entrada en vigencia del nuevo Código Procesal Penal, que debía estar operativo el primer día hábil de febrero. Por el momento las críticas apuntan a que la letra de la ley no se aplica en la práctica
El gobierno de Salta extendió por tres meses la entrada en vigencia del nuevo Código Procesal Penal, que debía estar operativo el primer día hábil de febrero. Por el momento las críticas apuntan a que la letra de la ley no se aplica en la práctica, por otro lado, litigantes celebran “la modernización del sistema de justicia”. La aplicación del nuevo Código se retrasa por 90 días
Por Andrea Sztychmasjter
Por pedido tanto de la Defensoría General y de la Procuración General de Salta, y con el justificativo de que la implementación del modelo acusatorio adversarial exige condiciones operativas, organizacionales y tecnológicas que todavía no se han adecuado, el gobierno de la provincia prorrogó por lo menos por 90 días la entrada en vigencia de la Ley Nº 8520, que debía estar operativa desde principios de febrero.
Desde el Poder Judicial salteño aseguraron a Salta/12 que actualmente se encuentran “trabajando para la implementación” del nuevo Código Procesal Penal.
Lo último que se informó oficialmente fue sobre una reunión que mantuvieron miembros de la Corte de Justicia de Salta y autoridades del Poder Ejecutivo provincial. “Se hizo especial énfasis en la coordinación de acciones estratégicas para la implementación del Código Procesal Penal el próximo 2 de febrero, resaltando la necesidad de articular esfuerzos entre el Poder Ejecutivo, el Ministerio Público y el Poder Judicial”, señalaban en el parte de prensa aunque finalmente 10 días después de esa reunión solicitaron la prórroga.
El entonces senador provincial por Rosario de la Frontera, Javier Mónico, hoy de licencia por su cargo como secretario de Justicia de Salta, aseguraba a fines del año pasado que el viejo sistema “se está yendo”. En ese sentido dijo entonces que la reforma del Código Procesal Penal busca dar respuesta a la sociedad que pide una justicia con mayor celeridad y más transparente.
Mónico detalló que la Procuración llevará a cabo la acusación y pondrá todos sus recursos para ello, por eso hizo hincapié en las figuras de “agentes encubiertos, reveladores e infiltrados”, que establece la ley aprobada, como herramientas para la investigación penal.
En el Título VI de la Ley se refiere a las Técnicas especiales de investigación y pruebas que se podrán utilizar cuando se trate de delitos complejos o casos de delincuencia organizada. Especifica que “Será considerado agente encubierto todo aquel funcionario de las fuerzas de seguridad o de investigación judicial que, con autorización judicial, presta su consentimiento y ocultando su identidad o utilizando una falsa se introduce en organizaciones delictivas, con el fin de identificar o detener a los autores, partícipes o encubridores, impedir la consumación de un delito, o reunir información y elementos de prueba necesarios para la investigación”. En misma dirección establece la figura de “Agente revelador” e “Informante”.
“Modernización del sistema judicial”
“La decisión de suspender temporalmente la puesta en marcha del Código Procesal Penal responde a nuestro entender, a un criterio de responsabilidad institucional”, dijo a este diario Trinidad Arias Villegas, presidenta del Colegio de Abogados de Salta.
“El objetivo es garantizar que todos los recursos necesarios se encuentren plenamente operativos, en especial el sistema informático que constituye un soporte esencial para la correcta aplicación del nuevo modelo procesal. Resulta indispensable que el sistema sea viable, seguro y se encuentre en óptimas condiciones antes de avanzar, evitando eventuales inconvenientes que puedan afectar el normal desarrollo de la actividad judicial y el ejercicio profesional”, explicó.
Villegas aseguró que la implementación del nuevo Código representa para los abogados litigantes y para la sociedad en general “un paso trascendental hacia la modernización del sistema de justicia, orientado a lograr procesos más ágiles y eficientes. Este cambio implica no solo la adecuación de prácticas y procedimientos, sino también la consolidación de herramientas tecnológicas que permitan un funcionamiento acorde a las demandas actuales del servicio de justicia”.
Asimismo, señaló que el Colegio de Abogados se encuentra participando activamente en una mesa de trabajo junto a la Corte.
Concentración en una oficina
Por su parte, la abogada penalista Rocío Virginia Bravo, si bien ve como algo positivo la oralidad, la contradicción y la publicidad de los actos judiciales, así como la modernización de la política criminal y de persecución penal en la provincia, consideró que todavía no se percibe una total organización y sí una concentración de trabajo en algunas oficinas.
“En la práctica ya están en funcionamiento las oficinas judiciales, la OFIJU para el juicio, y la oficina para las cuestiones administrativas de los juzgados de garantías, fijación de audiencias, notificaciones, y todas estas cuestiones que sí están reguladas en el nuevo código, y en la práctica, por ahí todavía falta mayor agilidad”, opinó.
Y agregó: “Lo que se está buscando con esto es celeridad en el proceso, y hoy en día nos estamos dando con lo contrario a ello, que es mayores tardanzas, porque se está concentrando en estas oficinas judiciales el manejo de todos los juzgados”. “Entonces esta concentración hace que también tenga que haber mayor capacitación al personal que se encarga actualmente de estas oficinas, para evitar todas estas demoras que hoy en día y en la práctica sí se están dando, en las fijaciones de audiencia, en tener que consultar para ver si la causa avanza o no avanza, si hay fechas para audiencias. Son cuestiones prácticas que todavía faltan pulir un poco más”.
El nuevo código procesal establece que “la defensa va a actuar con plenas garantías, y el juez se va a dedicar íntegramente a lo que es el juzgamiento imparcial de manera oral y pública”, explicitó la letrada y describió que uno de los puntos fundamentales de esta reforma es la oralidad y la publicidad: “las audiencias se van a realizar de forma oral, grabadas en videos audiovisuales. Esto permite, lógicamente, mayor transparencia y acceso al ciudadano. Esta oralidad también es muy relevante para garantizar rapidez y facilitar lo que es la contradicción directa ante el juez".
La abogada señaló que si bien ya se vienen implementando las audiencias orales y las llamadas audiencias multipropósitos, “por una cuestión de informática o edilicia, no todas las audiencias al día de hoy son grabadas. No todas las salas cuentan todavía con estos sistemas para poder realizar el grabado audiovisual de cada una de las audiencias a las que participamos”.
Operatividad
La abogada Daniela Freites consideró que la reforma era necesaria y “va a ser buena, pero los resultados se van a ver con el tiempo. Ninguna modificación es inmediata en ninguna rama del derecho porque hay muchas partes interviniendo”.
En ese sentido aseguró que la prórroga de la entrada en vigencia del nuevo Código Procesal Penal responde a razones operativas y organizativas.
“La implementación de un sistema procesal renovado exige capacitación específica de magistrados, funcionarios, personal judicial y operadores del derecho, así como adecuaciones tecnológicas y administrativas. Esta postergación no debe interpretarse como un retroceso normativo, sino como una decisión orientada a garantizar que la aplicación del nuevo régimen se realice de manera ordenada, eficaz y respetuosa de los derechos de todas las personas involucradas en el proceso penal, de modo tal que resulte sostenible a lo largo del tiempo”, sostuvo.
Fuente de la Información: Página 12