Odio racial: Los policías victimizaron a Lucas por su color de piel
24/08/2023. Noticias sobre Justicia > Noticias de Argentina
Los jueces consideraron que los agentes condenados actuaron con prejuicio y "odio racial". Seleccionaron a sus víctimas por su "vestimenta y color de piel".
Los jueces que condenaron a tres efectivos de la Policía de la Ciudad a prisión perpetua por el crimen de Lucas González, asesinado de un balazo en 2021 en el barrio porteño de Barracas, consideraron en su sentencia que actuaron sin "causa o motivo", solo por "prejuicio" y que eso los condujo al "odio racial", dado que seleccionaron a sus víctimas por su "vestimenta", "color de piel -marrón-" y porque circulaban hacia una zona "carenciada".
Así lo dio por acreditado el Tribunal Oral en lo Criminal 25 que hoy dio a conocer los fundamentos de la sentencia que el 11 de julio pasado recayó sobre el inspector Gabriel Alejandro Issasi, el oficial mayor Fabián Andrés López y el oficial Juan José Nieva por el delito de "homicidio quíntuplemente agravado por haber sido cometido con arma de fuego, alevosía, por odio racial, por el concurso premeditado de dos o más personas y por ser integrantes de una fuerza de seguridad".
En un fallo de 451 hojas al que accedió Télam, para los jueces Hugo Navarro, Ana Dieta de Herrero y Marcelo Bartomeu Romero esos tres policías "estaban decididos a matarlos", a Lucas y a sus tres amigos que lo acompañaban en el auto en el que se movilizaban por Barracas el 17 de noviembre del 2021.
"Claramente ese era el objetivo y estaban guiados por odio racial. Premeditadamente los seleccionaron por vestimenta, color de piel, por circular en un auto por una calle que permitía acceso a una zona carenciada", afirmaron.
Para el tribunal, la acción de los policías "solo puede ser explicada a partir de la aplicación de estereotipos fundados en el color de su piel -marrón- y en sus rasgos físicos, que podrían corresponder con la población de ascendencia aborigen, es decir en la atribuida pertenencia a un grupo racial odiado y a cuyos integrantes se pretende someter, a su vestimenta, a su posible pertenencia a un sector social que habita en un barrio de emergencia".
"No había causa o motivo, solo prejuicio y el prejuicio conduce inexorablemente al odio", afirmaron los jueces, quienes consideraron que en el hecho "hubo selección, individualización, acecho, seguimiento y fulminación o ejecución" por parte de los homicidas.
"Los autores obraron motivados por ese odio racial, seleccionaron a sus víctimas, mediante una visión estereotipada y discriminadora, y actuaron en consecuencia. Luego pretendieron justificar sus acciones, convirtiendo a los niños inocentes en presuntos delincuentes, alterando las pruebas del caso".
De acuerdo al tribunal, "el odio racial indudablemente existe y se manifiesta en la Argentina mediante discriminación contra aquellas personas esencialmente no blancas, entendido ello, no en el sentido de color de piel, sino en un sentido peyorativo".
"Los tres policías dispararon sus armas en contra de los adolescentes" y "tales disparos fueron efectuados en el marco de un plan común, de manera concomitante y como resultado de su previa selección estereotipada y discriminadora, con la finalidad de masacrarlos", añadieron.