Nueve años de prisión al abusador de las hijas de su pareja, descubierto por un dibujo que hizo una de ellas
15/12/2021. Noticias sobre Justicia > Noticias de Salta
Nueve años de prisión efectiva le dictaron a M. M. A. (42) por resultar autor material y penalmente responsable de delitos de abuso sexual cometidos en contra de las hijas de su pareja.
El juez Maximiliano Troyano, vocal de la Sala IV del Tribunal de Juicio, consideró al imputado autor material y penalmente responsable de los delitos de abuso sexual gravemente ultrajante por las circunstancias de su realización, agravado por la guarda, y por ser cometido contra una menor de edad aprovechando la situación de convivencia preexistente en perjuicio de O. M. G. (6), y por abuso sexual gravemente ultrajante por su duración agravado por la guarda, y por ser cometido contra una menor de edad aprovechando la situación de convivencia preexistente en perjuicio de D. P. (5), en concurso real.
M. M. A. fue condenado en un juicio abreviado en cuyo marco reconoció los hechos por los cuales llegó a juicio. La denunciante -madre de las menores- también fue informada acerca de los alcances del acuerdo al que arribaron las partes y prestó su conformidad.
Los abusos salieron a la luz cuando la menor O. M. G. le mostró a su mamá un dibujo donde se había representado a ella misma tocándole las partes íntimas a M. M. A., quien en ese momento convivía con ellas.
La madre interrogó inmediatamente a la niña y entonces le contó que el imputado "se hacía el cochino" cuando ella salía y las dejaba a su cuidado. Le mencionó además que M. M. A. también había sometido a tocamientos a su hermanita de 5 años.
El juez ordenó el traslado del imputado a la Unidad Carcelaria 1 y recomendó que se le brinde tratamiento psicoterapéutico por la naturaleza de los hechos por los cuales resultó condenado.
Dispuso además la extracción de material genético del condenado por parte del Servicio de Biología Molecular del Departamento Técnico del Cuerpo de Investigaciones Fiscales (CIF), previa asignación del Dato único de Identificación Genética (DUIG), para su incorporación en el Banco de Datos Genéticos.
Nota: Se omitió el nombre completo de las personas involucradas para preservar la identidad de las menores y su derecho a la intimidad y confidencialidad, en virtud de la Convención de los Derechos del Niño (artículo 75, inciso 22 de la Constitución Nacional, Ley 23849) y las Leyes 26061 de Protección Integral de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, y 26522 de Servicio de Comunicación Audiovisual.
Fuente de la Información: Nuevo Diario