La dueña y una empleada de una sala maternal fueron imputadas por la muerte de un bebé
10/04/2019. Noticias sobre Justicia > Noticias de Salta
La propietaria del establecimiento y la persona que se encontraba al cuidado del bebé fueron imputadas por homicidio culposo.
En julio del año pasado se conoció la triste noticia de que un bebé de 8 meses había fallecido en una guardería céntrica.
En la imputación se determinó que hubo un lapso en el que el menor no estaba siendo vigilado por la persona que lo tenía a cargo y que su cuidadora no poseía idoneidad para cuidarlo.
Hoy, la Fiscalía Penal 1 de la Unidad de Graves Atentados contra las Personas, a cargo de Pablo Rivero, imputó hoy a Luciana Noelia Dan Fernández y a Cristina María Yapura por el delito de homicidio culposo en perjuicio del niño que se encontraba a su cuidado en una guardería infantil que funcionaba en calle Santa Fe al 600 de esta ciudad.
Tras el hecho se llevaron diversas medidas probatorias entre las que se cuenta la recepción de testimonios, análisis de cámaras de seguridad, estudios complementarios de la autopsia practicada oportunamente al niño y la realización de una junta médica.
En el decreto de imputación, el fiscal expone que del informe de autopsia se concluyó que la muerte del menor se produjo por neumopatía (bronquilitis), broncoaspiración y de los elementos colectados se determinó que el bebé estaba a cargo de Cristina María Yapura y que la propietaria y responsable de la guardería era Luciana Noelia Dan Fernández, por lo que entiende que ambas incurrieron en el delito de homicidio culposo, ya que a ellas se les había delegado el cuidado y guarda del niño, que por su corta edad no disponía de la capacidad de valerse por sí mismo y que exigía un mayor cuidado.
Según Rivero, la responsabilidad de la propietaria de la guardería obedece a que su conducta negligente contribuyó al resultado muerte, al haber contratado para el cuidado de un bebé, a una persona que no tenía idoneidad necesaria para asumir el rol.
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En tanto, Cristina María Yapura, en su carácter de empleada de la guardería, tenía la obligación de cuidado, protección y vigilancia constante del niño, habiendo incurrido en una conducta omisiva que derivó en la muerte del bebé, que falleció por broncoaspiración, lo que demuestra que hubo un lapso en el que el menor no estaba siendo vigilado por la persona que lo tenía a cargo, ya que de haberlo estado observando, habría podido percibir manifestaciones externas e intervenir para salvarle la vida. Finalmente expresa que se sospecha que las maniobras de resucitación que se hicieron, fueron extemporáneas.
la gaceta