La Corte de Justicia de Salta volteó una condena a perpetua
22/12/2025. Noticias sobre Justicia > Noticias de Salta
El Tribunal hizo lugar a la defensa de un adicto que fuera de sí mató a su abuela. Ordenó dictar nueva sentencia. La misma ya no será a perpetuidad.
Una condena a perpetuidad dictada en 2021 por un Tribunal de Impugnación de la provincia fue declarada nula y remitida nuevamente a su origen para que se dicte una nueva condena, esta vez ajustada a los lineamientos que los jueces de la Corte de Justicia local les indicaron en una resolución que hizo lugar al planteo (en forma parcial) de Marcelo Arancibia, defensor del condenado Agustín Morales.
En la declaración de nulidad, la Corte hizo un velado reclamo a los jueces del Tribunal de Impugnación acerca de la unanimidad lógica de criterios que deben tener al fallar, sobre todo en un caso donde solo hay un condenado.
Las jueces de la Corte expresan en la resolución "este tribunal -en su calidad de garante constitucional- está facultado para declarar nulidades absolutas, incluso al margen de los planteos concretamente formulados por las partes, cuando se verifican transgresiones a preceptos que repercuten directamente en menoscabo de los presupuestos sustanciales del juicio...".

Luego, anticipa: "Por imperiosa exigencia del sistema procesal, esas situaciones de conflicto solo pueden ser superadas mediante la declaración de nulidad, ya que causan un evidente perjuicio a la regularidad del proceso".
Lo que los jueces no dejaron pasar por alto
A partir de ese prólogo la Corte pasó a analizar la validez de la sentencia dictada por la Sala I del Tribunal de Impugnación: allí acontece algo que los jueces de Corte no dejaron pasar por alto. Primeramente uno de los jueces de Impugnación en líneas generales se aleja de las circunstancias extraordinarias de atenuación, da por hecho la autoría de Morales y afirma que el homicidio no fue un femicidio ni hubo alevosía ni ensañamiento sino un criminis causae, cuya única condena sería la de perpetuidad. La jueza solicita la audiencia "de visu".
En tanto, un segundo juez, deja en claro que no compartía los fundamentos del primer voto; y orientó su análisis a justificar las razones por las cuales es improcedente la aplicación de la figura de las circunstancias extraordinarias de atenuación. Coincide con el primer voto en la ausencia de las agravantes de alevosía, ensañamiento y violencia de género y se inclina por la calificante de "criminis causae". Dice además que no correspondía realizar la audiencia "de visu"
En tanto, el tercer voto, se limitó a analizar la agravante del homicidio por el vínculo y afirmo que las circunstancias extraordinarias de atenuación no concurren en el caso. El tercer juez no desarrolló ningún razonamiento orientado a justificar la calificación "criminis causae" ya dispuesta ni tampoco dirimió el punto de la audiencia "de visu".
A pesar de las marcadas disidencias, el tribunal impuso a Agustín Morales la prisión perpetua, por el delito de homicidio agravado por el vínculo y criminis causae.
En consecuencia, la Corte de Justicia de Salta sostiene que el fallo recurrido mediante el remedio extraordinario deviene inválido por cuanto fue remitido sin la mayoría absoluta de votos totalmente concordantes, exigida por la ley vigente.
En una de sus directivas la Corte señala: "Las sentencias de los tribunales colegiados no pueden concebirse como una colección o sumatoria de opiniones individuales aisladas de sus integrantes, sino como el producto de un intercambio racional de ideas entre ellos".
Nueva sentencia
El Tribunal de la Sala III de Juicio en 2021 condenó a Agustín Morales a la pena de 19 años de prisión. En 2023 un Tribunal de Impugnación le impuso una nueva condena: prisión perpetua. Morales fue sentenciado por la muerte de María Leonor Giné, acaecida en su departamento en pleno centro de la ciudad de Salta, en marzo de 2020. Era nieto de Giné, y llegó a juicio por "homicidio agravado por el vínculo, ensañamiento, alevosía, criminis causae y por haber mediado violencia de género".
Fuente de la Información: El Tribuno