Duro golpe de la Cámara de Apelaciones de Resistencia al Consejo de la Magistratura
16/02/2018. Noticias sobre Justicia > Noticias de Argentina
La Sala Segunda de la Cámara de Apelaciones Civil y Comercial confirmó el fallo de primera instancia a favor de Patricia Címbaro Canella, quien fuera candidata a juez de Cámara de Apelaciones Civil, Comercial y Laboral de Charata en un concurso anulad
La sentencia definitiva del tribunal integrado por los jueces Gladys Zamora, Antonio Mondino y Diego Derewicky -este último en disidencia- confirmó el fallo de primera instancia en la causa “CIMBARO CANELLA, PATRICIA LORENA C/ CONSEJO DE LA MAGISTRATURA Y JURADO DE ENJUICIAMIENTO DE LA PROVINCIA DEL CHACO S/ACCION DE AMPARO”.
Como señaló el juez Mondino, cabe recordar que el Consejo de la Magistratura había dictado el Acuerdo Nº 947, que dejaba sin efecto lo actuado por el Tribunal Examinador -constituído de acuerdo a la normativa vigente para determinar la idoneidad técnica de los concursantes- en el marco de un concurso público de antecedentes y oposición para cubrir tres cargos de Juez de Cámara de Apelaciones Civil, Comercial y Laboral de la ciudad de Charata, en el que Címbaro Canella era una de las postulantes, habiendo rendido el exámen y alcanzado el nivel de excelencia requerido.
Los jueces entendieron que las decisiones del Consejo de la Magistratura que atenten contra los derechos de defensa y tutela judicial efectiva del que gozan todos los habitantes en un Estado Constitucional de Derecho, pueden ser pasibles de recursos como el presentado por Címbaro Canella, “toda vez que son actos administrativos y por lo tanto ellos pueden ser impugnados desde la óptica de la invocación de vicios concretos de ilegitimidad”.
En ese sentido, advirtieron que “las facultades de que goza tal organismo constitucional, pueden ser discrecionales pero no arbitrarias”. Y apuntaron que “el Consejo de la Magistratura, ante el recurso de revisión y/o reconsideración del examen rendido interpuesto por tres postulantes que no alcanzaron el nivel de excelencia necesario, hizo lugar en forma excepcional a la revisión impetrada y resolvió convocar un nuevo examen de oposición para dichos profesionales; decisión que dio lugar a la presente acción”.
DIARIO CHACO