Denuncian un "operativo trapito" que criminaliza a personas vulnerables
23/06/2025. Noticias sobre Justicia > Noticias de Salta
La acción presentada por tres organizaciones no gubernamentales reclaman medidas urgentes para frenar la violencia institucional sistemática que ejerce la Policía salteña.
Presentaron un habeas corpus por detenciones arbitrarias
El presidente de la Asociación Gremial de Abogados y Abogadas de la República Argentina, Eduardo Soares, junto a los letrados Álvaro Arias Camacho y Adriana Vásquez, que también integran esa entidad como el Centro Comunitario ALFA y la Fundación Proyectar, presentaron un habeas corpus colectivo ante la Justicia salteña por las detenciones arbitrarias en la ciudad de Salta.
En la presentación denuncian que personas en situación de vulnerabilidad están siendo detenidas por la Policía sin orden judicial y alojadas en el Centro de Contraventores de la ciudad de Salta, en condiciones que no respetan los derechos básicos.
Incluso el abogado Arias Camacho y su esposa fueron víctimas de una detención arbitraria, que es expuesta en el habeas corpus. Este hecho fue el que derivó en una investigación del Centro Comunitario, que integran ambos, y los insumos de esa consulta permitieron esta acción legal y se ofrecieron como parte de las pruebas.
"Operativo trapito"
La principal denuncia apunta al "operativo trapito”, que implementa la Policía de Salta contra "personas que se encuentran vulneradas y/o bajo amenaza actual inminente en su libertad ambulatoria".
Además, la denuncia detalla que las detenciones se producen "sin orden judicial, sea o no por presunta contravención". Las personas son conducidas al Centro de Contraventores de la Ciudad de Salta.
El habeas reseña las "vulneraciones de derechos" en las que se incurre con estas prácticas. Las aprehensiones se realizan “sin que se cumpla ninguna de las exigencias que establecen los arts. 154 y 169 del Código Contravencional ni las garantías establecidas en el art. 18 inc. b) de la ley 7742”. Esta falta de cumplimiento legal se agrava por “dilaciones injustificadas” derivadas de que “no se comunica de manera inmediata tal situación a la Fiscalía y Juzgado intervinientes”, lo que contraviene lo normado en el mismo código.
Aun cuando las personas logran acreditar su identidad, “son conducidas al Centro de Contraventores y privadas de su libertad”, lo cual constituye, según los demandantes, “una clara violación al art. 169 del Código Contravencional”.
Allí la situación se profundiza: las personas son “habitualmente alojadas en celdas que no cumplen los estándares fijados en la Res. N°38/2022 del Comité Nacional para la Prevención de la Tortura ni con los estándares mínimos establecidos en la normativa vigente para personas en situación de detención”. Se detalla que “es usual que se confine a más de dos personas aprehendidas en la misma celda, siendo las celdas de tan solo 11 mts² cada una, y no cuentan con ventilación ni luz adecuada, ni con elementos básicos de abrigo, descanso ni higiene (tampoco alimentación), lo cual agrava las condiciones de la detención al favorecer el hacinamiento”.
Durante el tiempo de encierro, “son completamente incomunicadas”, contraviniendo el Código Contravencional. Por último, se señala que muchas personas fueron aprehendidas solo porque estaban en la vía pública "sin haber cometido infracción alguna o por el solo hecho de encontrarse en situación de calle”, lo que refuerza el señalamiento de que se trataría de una práctica orientada más a la persecución de la pobreza que a la prevención del delito.
Los peticionantes solicitaron al Juzgado interviniente que asuma su competencia para intervenir ante esta “grave situación”.
En carne propia
El 26 de noviembre de 2024 Arias Camacho fue demorado por la policía cuando acudió a asistir a su pareja, quien estaba siendo trasladada a la Comisaría 1ª por supuestamente filmar un operativo de la policía contra un vendedor ambulante. Ambos fueron llevados a la Comisaría y le dijeron a él "que también iba a quedar demorado”.
Según su testimonio, en ningún momento se les informó el motivo de su aprehensión ni se les permitió comunicarse con fiscal o juez alguno. “Nos impidieron movilizarnos (y) usar nuestros teléfonos y, luego de casi dos horas, nos llevaron al Centro de Contraventores de la Ciudad”, relató. Allí fueron separados, el abogado fue despojado de sus pertenencias, fue requisado sin presencia médica, “un acto vejatorio”, y quedó incomunicado en una celda durante aproximadamente tres horas, sin posibilidad de ir al baño hasta que se le otorgó la libertad.
El caso tomó visibilidad gracias a la intervención de organizaciones sociales y la cobertura mediática. Luego, la Fiscalía Penal de Derechos Humanos abrió una investigación penal de oficio.
A partir de esta experiencia y en su rol dentro de un colectivo jurídico que asiste a víctimas de violencia institucional, Arias Camacho inició una investigación para determinar si lo vivido respondía a casos aislados o a una política sistemática.
Entrevistando a personas en situación de calle, integrantes de la comunidad trans, ciudadanos sin antecedentes que habían sido aprehendidos mientras realizaban actividades cotidianas, constató una modalidad recurrente.
"Había numerosos casos de personas que eran levantadas de la vía pública por parte de la Policía, muchas veces sin que exista motivo alguno más que su aspecto sospechoso o su condición social”, advirtieron en el escrito judicial.
Además, en la presentación se expone que bajo el paraguas del "operativo trapito”, se viene aprehendiendo no solo a quienes cobran estacionamiento de manera informal, sino a “personas en situación de calle o con apariencia de mendicidad que se encuentran en la zona céntrica de la ciudad”, muchas veces son “esposadas, sin hacerles conocer sus derechos, sin comunicación inmediata a la fiscalía correspondiente ni a terceros que pudieran asistirlos y sin indicarles el cargo que se les imputa”.
Según el escrito, son prácticas habituales: la reclusión sin orden judicial, la incomunicación prolongada y revisión vejatoria, también el hacinamiento, trato idéntico a personas detenidas por presuntos delitos y personas simplemente demoradas. Además se señala “que cuando se detiene a mujeres trans, suelen ser alojadas en los mismos espacios que los masculinos, en una práctica claramente discriminatoria y violenta”.
El extenso documento señala que estas acciones: “configuran un atropello grave que, de ningún modo, debe normalizarse ni naturalizarse”. Y subraya que “muchas personas afrontan habitualmente estos atropellos sin siquiera haber cometido contravención ni delito alguno. Solo ser pobre y estar pidiendo dinero en la zona céntrica o ser vendedor informal (...) suelen ser suficientes para privarlos de su libertad”.
Para Arias Camacho, “es evidente que hay directivas que vienen de las autoridades, de las que la Fiscalía debe (o debiera) tener perfecto conocimiento”.
Una Constitución para la Policía
En el marco del habeas corpus colectivo se pidió que el Juzgado ordene una serie de medidas para poner fin a las detenciones arbitrarias y garantizar condiciones de detención acordes a las normas vigentes. Se solicitó que toda aprehensión sea informada de inmediato a la fiscalía y al juzgado, que se notifiquen sus derechos a la persona detenida, y que se asegure el contacto con un abogado o tercero de confianza.
También se pidió el cese de la incomunicación y de toda privación de libertad sin justificación legal, así como el reacondicionamiento del Centro de Contraventores, incluyendo la instalación de cámaras de seguridad. Asimismo, se reclamó la capacitación obligatoria de la Policía en garantías constitucionales y la creación de un sistema de control y rendición de cuentas para detenciones sin orden judicial.
También se planteó la inconstitucionalidad del artículo 18 inciso c) de la Ley Orgánica de la Policía de Salta y la implementación de mecanismos de fiscalización civil sobre los lugares de detención.
Fuente de la Información: Página 12