CONFIRMARON UNA CONDENA DE DIEZ AÑOS DE PRISIÓN PARA UN TÍO ABUSADOR
20/02/2019. Noticias sobre Justicia > Noticias de Salta
La pena de diez años de prisión impuesta a un hombre acusado del delito de abuso sexual con acceso carnal agravado, en perjuicio de una sobrina menor de edad fue, confirmada por la Sala III del Tribunal de Impugnación de Salta, informaron hoy fuentes j
Los jueces Rubén Nallar y Eduardo Barrionuevo, de la Sala III del Tribunal de Impugnación de Salta, rechazaron un recurso de casación interpuesto por la defensa del acusado y confirmaron la sentencia.
El hombre fue condenado por el juez de la Sala II del Tribunal de Juicio de Orán, Raúl Fernando López, a la pena de diez años de prisión efectiva, por ser autor material y penalmente responsable del delito de abuso sexual con acceso carnal agravado por la convivencia.
Al resolver, los jueces de Impugnación afirmaron que "el testimonio de la víctima constituyó un elemento incriminante de alto valor, toda vez que su relato en Cámara Gesell, si bien no da precisiones de todas las fechas en que fue ultrajada, resulta coherente y relata de manera pormenorizada las circunstancias de modo y lugar referidas al sometimiento sexual por parte del acusado".
Nallar y Barrionuevo agregaron que el relato fue avalado por otras pruebas, tales como el informe dispositivo de toma de declaración; el certificado médico de la víctima y las declaraciones testimoniales de los testigos, médicos y psicólogos.
Según la sentencia de Impugnación, los dichos de la menor fueron calificados como veraces por el Tribunal de primera instancia, en el marco de una apreciación directa, es decir que basó su decisión en las manifestaciones vertidas por la propia víctima y tomó en consideración un gran cúmulo de prueba, que avaló sus declaraciones y apuntaló la conclusión.
Los magistrados estimaron en su resolución que "las probanzas de la causa no pueden ser consideradas aisladamente, sino valoradas en su conjunto, tratando de vincular armoniosamente sus distintos elementos de confrontación, conforme con las reglas de la sana crítica".
Para los jueces, la sentencia contiene una fundamentación adecuada respecto de los hechos atribuidos al acusado, por lo que desestimaron el recurso de casación interpuesto por la defensa y confirmaron la pena.
Los denunciantes fueron los padres de la menor víctima, que tenía entre 7 y 9 años al momento de los hechos, ocurridos en circunstancias en las que sus progenitores salían a trabajar y la dejaban al cuidado de su abuelo paterno.
El acusado es tío de la niña, con quien convivía en el mismo domicilio. (Télam)
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