Confirman la absolución de una mujer que era víctima de violencia e hirió mortalmente a su pareja
11/09/2021. Noticias sobre Justicia > Noticias de Salta
Era víctima de agresiones e hirió mortalmente a su pareja. Según la Justicia fue legítima defensa.
La Sala II del Tribunal de Impugnación confirmó la sentencia absolutoria que los jueces de la Sala VII del Tribunal de Juicio dictaron el año pasado a favor de Angela Beatriz Saravia, tras desestimar un recurso de casación que había interpuesto la fiscalía contra la decisión.
La mujer llegó a juicio acusada del homicidio de su pareja, Luis Leonardo López (28), a quien el 17 de diciembre de 2018 hirió de gravedad con un cuchillo. El hombre fue internado en el Hospital San Bernardo, donde ingresó en código rojo con una herida de arma blanca. Falleció en ese nosocomio el 24 de febrero de 2019.
Saravia fue absuelta del delito agravado por la relación de pareja, en virtud de una causal de justificación contemplada en el Código Penal (legítima defensa).
En la sentencia, los jueces Pablo Arancibia y Rubén Arias Nallar, miembros de la Sala II del Tribunal de Impugnación, remarcaron que Saravia fue víctima recurrente de agresiones de distinto tipo.
Puntualizaron, además, que su pareja era una persona de envergadura física importante, robusto y de porte fuerte, en comparación con la mujer.
También citaron distintos testimonios escuchados en el juicio, entre ellos el del padre de la víctima, quien relató que la pareja tenía una relación tóxica. El testigo remarcó que hubo varios episodios de violencia y recordó uno en especial, en el que su hijo llegó a su casa a las 6 de la madrugada y le comentó que se había peleado con su esposa: “Me quiso sacar un machete y yo le pegué con un ladrillón en la cabeza; no sé si la mate”, recordó su padre que le dijo en esa oportunidad.
Saravia fue absuelta del delito agravado por la relación de pareja, en virtud de una causal de justificación contemplada en el Código Penal (legítima defensa).
El hombre había sido excluido del hogar en febrero de 2018 y la mujer tenía botón antipánico.
En la audiencia de debate, ella admitió en forma libre y voluntaria haber sido quien, el día de los hechos, hirió a su esposo en la zona abdominal con un cuchillo, seguido de la explicación defensiva de cuales fueron los motivos y las circunstancias que determinaron su conducta.
Los jueces de la Sala II de Impugnación recordaron que “la demostración fehaciente de la culpabilidad constituye un requisito indispensable para la sanción penal, de modo que la carga de la prueba recae en la parte acusadora”.
Los hechos que se juzgaron constituyen, “como se demostró en juicio, el resultado o continuación de una larga cadena de agresiones recíprocas”.
Agregaron que no pudo desvirtuarse la versión de los hechos brindada por la acusada, en donde la mujer admitió haber lesionado gravemente a su compañero con un arma blanca, en contexto de defensa
Los jueces señalaron que la acusada “obró dentro de un entorno de defensa necesaria, en tanto preexistió una situación de justificación con la actualidad de la agresión, estando a sus propios dichos, concordante con la comprobación física de acción violenta en su contra, sin que se demuestre haber sobrepasado los límites impuestos por la emergencia en la elección de los medios necesarios para neutralizar el peligro corrido”.
Los magistrados resaltaron ella se munió de “un elemento de cocina (cuchillo tramontina) no habiendo sobrepasado de un modo patente la exigencia de la proporcionalidad racional en los términos autorizados, y atento asimismo a su condición de mujer”.
Fuente de la Información: El Tribuno