Confirman condenas para el jefe de personal de La Veloz del Norte y un excomisario
27/05/2025. Noticias sobre Justicia > Noticias de Salta
La Sala III de la Cámara Federal de Casación Penal rechazó por unanimidad el recurso interpuesto por la defensa del excomisario de la Seccional Cuarta de la Policía de Salta, Víctor Hugo Almirón
La Sala III de la Cámara Federal de Casación Penal rechazó por unanimidad el recurso interpuesto por la defensa del excomisario de la Seccional Cuarta de la Policía de Salta, Víctor Hugo Almirón, y por mayoría el presentado por el defensor del exjefe de personal de la empresa La Veloz del Norte, José Antonio Grueso.
De este modo, confirmó la condena a 16 años de prisión impuesta por el Tribunal Oral Federal N.º 1 de Salta, al considerarlos partícipes necesarios de los delitos de privación ilegal de la libertad, agravada por el uso de violencia y amenazas, en concurso real con imposición de tormentos, agravados por ser las víctimas perseguidas políticas.
Las víctimas fueron 17 trabajadores de la firma transportista que dirigía el fallecido empresario Marcos Jacobo Levín, condenado en aquel juicio a 18 años de prisión como autor de los hechos.
La defensa de Levín había recurrido la sentencia dictada el 2 de noviembre de 2023, pero tras su fallecimiento el 21 de diciembre de 2024, el tribunal oral dictó su sobreseimiento por extinción de la acción penal, y la Sala III declaró inoficioso el tratamiento del recurso.
“Los hechos por los que se condenó a los recurrentes fueron cometidos como parte del ataque sistemático y generalizado contra la población que llevó adelante la última dictadura”, sostuvieron los integrantes de la Sala III, Gustavo Hornos, Ángela Ledesma y Mariano Borinsky.
“Nos encontramos ante un caso paradigmático de responsabilidad empresarial con un aporte significativo que tiene que ver con el uso del personal de la propia firma para la persecución de los trabajadores”, añadieron.
La única disidencia en los votos fue la de Ledesma, respecto al grado de participación de José Antonio Grueso en los hechos.
En la instancia, intervino el fiscal general Raúl Pleé, a cargo de la Fiscalía N.º 3 ante la Cámara Federal de Casación Penal, quien postuló el rechazo de los recursos interpuestos por las defensas de los condenados.
Principales beneficiarios
“Los principales beneficiados de este sistema fueron los grupos económicos de capital nacional y empresas transnacionales que por su poder de concentración y centralización de capital y su nivel de diversificación y/o integración sectorial lograron adaptarse más rápida y flexiblemente a los cambios de la acumulación durante el régimen militar”, sostuvo el tribunal de juicio.
En el debate oral y público, en el que intervinieron el fiscal general Carlos Amad junto al fiscal ad hoc Juan Manuel Sivila, se analizaron los secuestros y torturas padecidos por los trabajadores de la empresa “La Veloz del Norte”: Juan Alberto Alonso, Carlos Lidoro Aponte, Carlos Eugenio Bais, Emilio y Norberto Borquez, Víctor Manuel Cobos, Carlos Francisco Delaloye, Oscar Horacio Espeche Rodas, Sebastián Lindor Gallará, Ciriaco Nolberto Justiniano, Manuel Eugenio Modad, Carlos Horacio Pereyra, Aurelio Rada, Sonia Rey, Miguel Ángel Rodríguez, Jorge Arturo Romero y Rubén Héctor Vrh.
Secuestraron a las víctimas a fines de enero del año 1977
Según se acreditó en el proceso, las víctimas fueron secuestradas entre el 20 y el 24 de enero de 1977 de sus viviendas y lugares de trabajo -en Salta y Tucumán-, en el marco de una falsa denuncia por estafa presentada por Levín contra ellas. Aquella denuncia se utilizó como excusa para encubrir la persecución por su actividad gremial o política. Todas las víctimas fueron privadas de su libertad en la Comisaría Cuarta de la Policía de Salta, durante varios días, donde fueron torturadas y obligadas a firmar declaraciones falsas. Luego fueron liberadas o trasladadas al penal de “Villa Las Rosas”.
En el juicio se estableció que Levin y Grueso -que se desempeñaba como jefe de personal de su empresa- estaban en la comisaría, que encabezaba Almirón, cuando las víctimas eran interrogadas y torturadas. También se determinó que la empresa, a través de Grueso, facilitó los listados de las personas que debían detenerse y colaboró en su traslado hacia la Comisaría Cuarta.
En base a las pruebas recabadas en el debate, las juezas Marta Liliana Snopek -en disidencia para el grado de participación- y María Alejandra Cataldi y su colega Abelardo Jorge Basbus consideraron a Grueso como partícipe necesario de los delitos de privación ilegal de la libertad agravada por mediar violencia y amenazas y por su duración de más de un mes, en perjuicio del trabajador Víctor Manuel Cobos, en concurso real con privación ilegal de la libertad agravado por tratarse de perseguidos políticos.
Almirón fue condenado como partícipe necesario de los delitos de privación ilegal de la libertad cometida con abuso funcional agravada por haberse cometido con violencia y amenazas en concurso real con imposición de tormentos agravada por ser las víctimas perseguidas políticas, en perjuicio de 16 víctimas.
Fuente de la Información: Nuevo Diario