Casación confirmó la prisión perpetua para dos hermanos por un crimen vinculado al narcotráfico en Salta
06/06/2025. Noticias sobre Justicia > Noticias de Salta
La Cámara de Casación Penal avaló el fallo contra los hermanos Bejarano. La víctima estaba ligada a un exfuncionario provincial y fue hallada muerta en un vehículo abandonado tras una disputa por droga. El padre de los condenados resultó absuelto
La Cámara Federal de Casación Penal confirmó este jueves las penas de prisión perpetua de los hermanos Santiago y Roberto David Bejarano, hallados culpables por el asesinato a balazos de Darío Monges, un asesor político de Salta con quien compartían conexiones ligadas al narcotráfico. Los imputados habían sido condenados por el Tribunal Oral Federal N°1 de Salta como coautores de un homicidio agravado por el uso de arma de fuego y por mediar alevosía, en concurso real con tenencia de droga para la venta. El padre de ambos, Roberto Catalino Bejarano, también había sido acusado, pero resultó absuelto en una decisión que también validó Casación.
El homicidio de Monges ocurrió en la ciudad de Salta entre la noche del 1 y la madrugada del 2 de septiembre de 2022. Según se acreditó en juicio, finalizado en diciembre pasado, la víctima fue asesinada mediante cinco disparos en la cabeza mientras se encontraba en el interior de su camioneta Ford Ecosport blanca. El vehículo fue hallado el 3 de septiembre estacionado en las inmediaciones del barrio Círculo 1, frente a una empresa metalúrgica y un templo evangélico, cuyos pastores declararon que el rodado permaneció allí desde el jueves hasta el sábado.
La autopsia determinó que la causa de muerte fue una “lesión de cerebro por múltiples heridas de arma de fuego con fractura de cráneo”, provocadas por disparos efectuados a corta distancia, con trayectoria de izquierda a derecha y uno de ellos de arriba hacia abajo. Si bien la víctima fue hallada en el asiento del conductor con el cinturón de seguridad colocado, se estableció que fue ejecutada mientras estaba sentada en el asiento del acompañante y luego desplazada. Las balas pertenecían a un arma calibre .25, que no fue hallada, al igual que el celular de la víctima.
En paralelo, el 6 de octubre de 2022 se realizó un allanamiento en el domicilio de Santiago Bejarano, ubicado en calle Pedro Velázquez al 700, donde también se encontraba David. Allí fueron detenidos y se secuestraron 174,49 gramos de marihuana fraccionados en envoltorios tipo bochitas, un frasco de vidrio y un sobre plástico. De acuerdo con la pericia química, esa cantidad permitía obtener hasta 971 dosis umbrales o 346 cigarrillos, lo que excedía ampliamente el margen de consumo personal.
El TOF 1 de Salta, presidido por la jueza Marta Liliana Snopek e integrado por los vocales Santiago Federico Díaz y Mario Marcelo Juárez Almaraz
Durante el juicio oral, se dio por probado que Monges mantenía con los hermanos Bejarano una sociedad ilícita dedicada a la venta de estupefacientes al menudeo. Entre otros elementos, la fiscalía acreditó esta vinculación a partir de imágenes, conversaciones y audios extraídos del celular clonado de la víctima y del teléfono de Santiago Bejarano, en los que se hacía referencia a “kilos de verdura”, expresión interpretada como alusión a marihuana. También se identificaron mensajes de terceros con consultas sobre precios y cantidades, así como datos sobre viajes a Orán durante la pandemia, presuntamente vinculados al aprovisionamiento de droga.
Bajo esos parámetros, el fiscal general, Eduardo José Villalba, junto con los auxiliares fiscales Mariana Gamba Cremaschi y Jorge Viltes Monier, en representación de la Procuraduría de Narcocriminalidad (Procunar) NOA, sostuvo que el crimen se produjo en el marco de una disputa por una deuda que los hermanos Bejarano mantenían con Monges, relacionada con 15 kilos de marihuana. Un testigo de identidad reservada refirió que, tras un diálogo con David Bejarano, supo que los hermanos ejecutaron a Monges de cinco tiros. Esa información incluyó la posición exacta de los agresores en el vehículo, la cual fue confirmada mediante una pericia odorológica.
El caso provocó revuelo especial en la capital salteña en tanto Darío Esteban Monges era un asesor vinculado a Benjamin Cruz, entonces secretario de Seguridad de la provincia.
Luego de la sentencia del TOF 1 de Salta, tanto los condenados como la fiscalía y la querella presentaron recursos de casación que llevaron las actuaciones ante la Sala II del máximo tribunal penal del país. En esa sede, la jueza Angela Ledesma fue la encargada de liderar un largo voto que desgranó punto por punto todos los agravios invocados por las partes. Tanto el camarista Alejandro Slokar como su colega Guillermo Yacobucci adhirieron a su propuesta de rechazar los planteos para confirmar lo dispuesto en la instancia anterior.
El fiscal general Eduardo Villalba estuvo acompañado de los auxiliares Mariana Gamba Cremaschi y Jorge Viltes Monier, en representación de la Procuraduría de Narcocriminalidad (Gentileza: Ministerio Público Fiscal)
En ese marco, y en un fallo al que tuvo acceso Infobae, la camarista Ledesma validó las condenas del caso tras considerar que la decisión del TOF 1 “no se sustentó en un único elemento, ni hubo una única prueba definitoria que volcara la balanza hacia la teoría del caso de los acusadores, sino que se apoyó en una pluralidad de indicios precisos y concordantes, que permiten tener por acreditado el hecho con el grado de certeza necesario en esta etapa del proceso y por ello estos cuestionamientos de la defensa deben ser desestimados”.
Según reseñó, la prueba testimonial, genética y odorológica fue central para establecer la responsabilidad penal de los acusados. La presencia de los hermanos en el interior del vehículo resultó acreditada por una pericia odorológica realizada con participación de la defensa y avalada por un perito propuesto por los imputados. También se hallaron perfiles genéticos mixtos en el volante y la palanca de cambios compatibles con David Bejarano. La defensa argumentó que esos rastros respondían a un uso previo del auto para trasladar un cuadro de motocicleta -ambos trabajaban en un taller mecánico-, pero la jueza consideró que la hipótesis no tenía respaldo probatorio.
Por su parte, y en la misma línea, el juez Yacobucci señaló: “No obstante los embates de la defensa, la sentencia ha sido sustentada razonablemente, según la sana crítica racional, y observando las reglas de la lógica y las máximas de la experiencia. En este sentido, la responsabilidad de los hermanos Bejarano fue respaldada por la secuencia observada en el recorrido de las cámaras, el impacto de las antenas de los diferentes celulares analizados, la autopsia e informe realizado sobre el cuerpo de Monges, el resultado de los diversos allanamientos y los dichos de los testigos que las partes pudieron interrogar durante el debate”.
En cuanto a Roberto Catalino Bejarano, padre de los condenados, la acusación había pedido su condena como coautor del homicidio, pero el tribunal de juicio lo absolvió por falta de pruebas. La Cámara de Casación en pleno ratificó esa decisión. Para la Sala II, el único elemento que lo vinculaba al hecho fue una marcación odorológica en el asiento de atrás de la camioneta, que pudo haberse producido por transferencia desde otro de los imputados, por lo que subsistía un margen de duda en favor del imputado.
Los camaristas de la Sala II: Angela Ledesma, Alejandro Slokar y Guillermo Yacobucci
Así las cosas, los camaristas resolvieron rechazar las impugnaciones de la defensa de los hermanos y de la querella en representación de la víctima. El Ministerio Público Fiscal ya había desistido de su apelación en una etapa previa.
Fuente de la Información: Infobae