Un fallo de Casación permitió a un preso tener marihuana para consumo personal
12/05/2015. Noticias sobre Justicia > Noticias de Argentina
La Cámara confirmó por mayoría una resolución de un tribunal de Córdoba que había sobreseído a un interno que le hallaron droga en su celda. "No se ha verificado una ostentación pública de las sustancias secuestradas que resulte lesiva del bien j
Un fallo de la a Sala IV de la Cámara de Casación confirmó una resolución de un tribunal de Córdoba que sobreseyó a un interno de la ex cárcel de Villa Devoto que tenía 14 gramos de la droga dentro de su celda. "No se ha verificado una ostentación pública de las sustancias secuestradas que resulte lesiva del bien jurídico tutelado que comporte peligro o daño con trascendencia a terceros, atendiendo a la escasa cantidad de marihuana secuestrada y el lugar donde se halló el material prohibido", expresó el tribunal en su resolución.
El hecho ocurrió en noviembre de 2011 cuando se le encontró la droga en el marco de una requisa personal. "Dicho comestible se encontraba en la celda donde se encontraba el interno", en un centro penitenciario en San Francisco, Córdoba, según dice el fallo.
El lugar donde se encontró el material estupefaciente, es para los camaristas Juan Carlos Geminiani y Eduardo Riggi un "ámbito reservado a su intimidad personal de su vida intra muros". Por su parte, el juez Gustavo Hornos, votó en disidencia y consideró que la doctrina de la Corte Suprema sobre la despenalización de la tenencia de drogas para consumo personal no es aplicable a todos los casos.
Este último sostuvo que la prohibición de la tenencia de estupefacientes en un establecimiento carcelario, aún cuando sea para el propio consumo, "aparece como una restricción razonable al ámbito de intimidad, pues en esas condiciones no es posible descartar que esa conducta no apareje ningún riesgo para derechos o bienes de terceros".
El mismo juez, el viernes pasado sostuvo ese criterio en el fallo que firmó junto a su colega Mariano Borinsky en el que se consideró punible la tenencia de droga en la cárcel. Geminiani, en cambio en aquel fallo votó en disidencia, de acuerdo a su postura sobre la aplicación del caso "Arriola" de la Corte y del principio del "ámbito de intimidad" del interno.
Fuente: Infobae