Prestó dólares, recibirá dólares
18/07/2018. Noticias sobre Justicia > Noticias de Salta
La Corte de Justicia ordenó la tramitación del recurso de inconstitucionalidad interpuesto por una entidad bancaria, contra la sentencia de la Sala Cuarta de la Cámara de Apelaciones Civil y Comercial; que confirmó un fallo en el que se pesificó una
Los jueces recordaron en el fallo que la denominada “pesificación” excluyó expresamente de la conversión a pesos establecida por el Decreto 214/02 a las “financiaciones vinculadas al comercio exterior otorgadas por las entidades financieras, en los casos, con las condiciones y los requisitos que el Banco Central de la República Argentina determine”.
Las restricciones cambiarias comenzaron el 28 de octubre de 2011, es decir, con anterioridad a la fecha de firma de los pedidos de prefinanciación. Entonces, tal cepo bajo ningún concepto puede constituirse en una excusa para evitar el cumplimiento de las obligaciones pactadas en moneda extranjera.
Con todas las normas legales vigentes y el conocimiento de la metodología a aplicar, reconocida por la propia solicitante de la financiación en dólares, la Corte sostuvo que “no es posible sostener que la concursada desconocía la naturaleza internacional de la operación o la normativa de liquidación de divisas al momento de solicitar los préstamos”.
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