La Corte de Justicia de Salta viaja desde lo irrefragable hasta lo impepinable
21/05/2018. Noticias sobre Justicia > Noticias de Argentina
La Corte de Justicia sanciona a un Juez de Garantías con unos cinco días de suspensión por -supuestamente- haber transgredido casi todas las normas éticas de la profesión judicial.
i la Corte de Justicia, en ejercicio de sus superpoderes de hiperintendencia, hubiera decidido condenar a la pena de muerte al juez Mariscal Astigueta, seguramente habría fundamentado la condena con estas palabras:
Su conducta «resultó también conculcatoria de principios éticos fundamentales que rigen el actuar en todo tiempo de quien detenta la importantísima función de administrar justicia, cuales son la prudencia, lealtad, buena fe, decoro, respeto, objetividad y moderación, lo que conduce irrefragablemente a aplicarle una sanción».
Quien haya escrito este párrafo merece que se le erija una estatua en la explanada de la Feria del Libro de Buenos Aires, si es que no la tiene ya, por supuesto.
Para empezar, es asombroso que un magistrado -sea el señor Mariscal Astigueta, o cualquier otro- que hubiera transgredido esta retahíla de principios morales: prudencia, lealtad, buena fe, decoro, respeto, objetividad y moderación, sea sancionado solamente con cinco días de suspensión de empleo y sueldo. Lo menos que se merece es una pena de latigazos.
Pero el problema no aparece tanto en la enorme cantidad y trascendencia de principios quebrantados (que evidentemente no son solo éticos, como afirma la Corte de Justicia), sino que se hace evidente en el empleo de algunos otros palabros que han sido incluidos en la sentencia (entendida esta como oración gramatical y no declaración del juicio y resolución del juez).
Es realmente llamativo que quien sepa (o parezca saber) lo que significa una palabra tan culta y difícil como «irrefragablemente», no sepa al mismo tiempo lo que significa el verbo «detentar».
Pongámoslo fácil: ningún juez del mundo, designado con arreglo a la ley, «detenta» la importantísima función de administrar justicia. Porque «detentar» no es otra cosa que «retener y ejercer ilegítimamente algún poder o cargo público», como dice el DRAE.
El Diccionario también incluye una segunda acepción para «detentar», esta vez específicamente jurídica: «Dicho de una persona: Retener lo que manifiestamente no le pertenece».
Es del caso suponer que el señor Mariscal Astigueta no ejerció ni ejerce ilegítimamente el cargo de Juez de Garantías de Tartagal, porque si lo hiciera o lo hubiera hecho en algún momento, los que «irrefragablemente» deberían dejar sus puestos son los jueces de la Corte que han tolerado o toleran semejante desparpajo antijurídico.
Pero lo que de verdad se merece el aplauso de todos -incluido el del presunto transgresor de las normas morales- es el uso del adverbio «irrefragablemente», utilizado en la frase para decir que la sanción es fatal o inevitable.
La palabra «irrefragable», que deriva del latín «irrefragabĭlis», se escribe exactamente igual en el inglés y probablemente también en otros idiomas. Tanto en nuestra lengua como en la inglesa, significa «que no se puede contradecir o refutar».
Como es lógico suponer por su significado, la palabra tiene una infinidad de sinónimos, entre los que destacan notablemente «irrefutable» e «indisputable».
Como dijimos, la palabra proviene del latín «irrefragabĭlis», que se formó a su vez por la unión de la partícula negativa «in» y el vocablo «refragari», del latín antiguo, que significa «oponerse». Así, «irrefragable» es también lo que no admite oposición.
En el DRAE, el adjetivo «irrefregable» aparece etiquetado como un «adjetivo culto», mientras que su sinónimo coloquial es la palabra «impepinable», que no tiene raíces latinas sino, más bien en una verdulería de Segovia, y que el Diccionario define como «cierto, seguro, que no admite discusión». Es decir, más o menos lo mismo.
Pero lo curioso de estas palabras es que su aplicación más justa y coherente se justifica cuando el adjetivo se aplica a algún «argumento», a alguna «proposición lógica» o cosa parecida. Por ejemplo, consideramos «irrefragable» el argumento que dice que la Tierra es redonda. Para un tribunal juzgador puede ser «irrefragable», a la vista de la prueba, que el reo ha sido el autor de determinados hechos.
También pudo el señor Mariscal Astigueta (aunque es dudoso) haber incurrido «irrefragablemente» en aquellas transgresiones éticas tan brutales que le han costado cinco días de no ir a su oficina.
Pero lo que no puede ser «irrefragable», sino más bien «irremediable», «inevitable» o «inexorable» es la sanción, o mejor dicho, el acto de su imposición por la autoridad.
Y ello, porque las sanciones siempre (es decir, «en todo tiempo», como le gusta escribir a la Corte) se pueden refutar, contestar o disputar. Seguramente frente a ella, y aunque la Corte le haya hecho responsable de las violaciones morales más repugnantes que puede haber en esta vida, el juez sancionado pudo interponer un recurso de reposición, una acción de amparo, una demanda contencioso-administrativa, un recurso de inconstitucionalidad, un recurso extraordinario federal o cualquier otro remedio. Escribir, por tanto, que una sanción es «irrefragable» comporta decir más o menos esto: «Aquí nadie puede argumentar lo contrario».
Y justamente, en el derecho administrativo sancionador, el sancionado puedeargumentar todo lo contrario a lo que dicen los fundamentos de su sanción. Lo ampara la Constitución.
No quisiéramos ponernos demasiado finos con la redacción, pero si en una resolución de este tipo alguien se anima a emplear un adjetivo tan culto como «irrefragable», lo que menos se puede esperar de esa misma persona -además de no errarle con el verbo «detentar»- es que coloque el artículo correspondiente antes del sustantivo que corresponde cada uno de los principios éticos supuestamente transgredidos, como lo hizo con «la» prudencia. Es decir, que escriba «la» prudencia, «la» lealtad, «la» buena fe, «el» decoro, «el» respeto, «la» objetividad y «la» moderación. Y no todas las verduras juntas, como si estuviéramos en una pepinería de Segovia.
Si además la Corte no quería quedar como un agente de tránsito frente al juez que estaba sancionando, en lugar decir que «irrefragablemente» iba a «aplicarle» una sanción, debería haber dicho que iba a «imponerle» una sanción. Es mucho más elegante y preciso desde el punto de vista jurídico «imponer» que «aplicar».
Eso de «aplicarle» suena a aplicar un puntapié, o al famoso «correctivo» del kirchnerista Cabandié.
Poco faltó, pues, para decirle al juez que por «falta de decoro» iban a «labrarle una infracción». Eso sí hubiera sido grave.
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