Advierten que la Justicia de Metán ya llamó a declarar a otros niños
15/04/2021. Noticias sobre Justicia > Noticias de Salta
La madre del niño de 9 años afirmó que no llevará a su hijo al juzgado, a donde fue citado porque creen que rayó un auto. La medida judicial quedó bajo la lupa. Intervienen funcionarios del Poder Ejecutivo.
El caso del niño de solo nueve años a quien llamó a declarar Ramón Alberto Haddad, juez de la Sala II del Tribunal de Juicio de Metán, porque cree que rayó un auto, tuvo repercusión en medios nacionales que se hicieron eco de la cuestionada medida. La madre dijo que, a raíz de la citación, se enteró de que se trata de un procedimiento habitual y afirmó que no llevará a su hijo a prestar declaración.
El niño tendrá que "comparecer" ante el juzgado el 19 de abril, a raíz de que un vecino lo denunció porque le habría rayado el auto. Entre otros cuestionamientos a la resolución judicial, se señala que no tendría que haber tenido lugar, ya que se trata de un niño al que no se le puede imputar un delito.
También se objeta que no se haya notificado oportunamente a la asesora de incapaces 2 de Metán, Karina Singh, para que, en todo caso, el proceso se realizara de acuerdo a los parámetros de la Convención Internacional sobre los Derechos del Niño, que tiene rango constitucional. Si fuera de esta manera, se debería escuchar al niño en una cámara Gesell, es decir, en un espacio acondicionado especialmente, donde no esté frente a los funcionarios judiciales y haya asistencia de psicólogos. Hacerlo como un procedimiento ordinario, ante la mirada de un juez y otros adultos, implica vulnerar sus derechos.
Según el artículo 103 del Código Civil y Comercial, la actuación del Ministerio Público Pupilar es complementaria en causas en que "se encuentran involucrados intereses de personas menores de edad" y es principal "cuando los derechos de los representados están comprometidos". La norma advierte que "la falta de intervención" de un magistrado del Ministerio Público Pupilar en representación del niño causa la "nulidad relativa del acto".
De acuerdo a lo que explicaron distintas fuentes a este medio, Karina Singh tuvo acceso al expediente recién cuando la causa ya se había hecho pública.
En el caso también intervendrá el Ejecutivo provincial. La delegada de la Secretaría de Niñez y Familia en Metán, Mariana Cendolla, analizará el expediente para ver si se ajusta a derecho.
"Queremos saber cómo actuó el juzgado, bajo qué normativa y si lo hizo en resguardo de los derechos del niño. Si esto se hace dentro de la normativa, no significa que deba adecuarse a la interpretación de las normas", señaló Pablo Martínez, subsecretario de Niñez y Familia.
El funcionario consideró también que es cierto que el niño debe ser escuchado, pero que en todo caso debería modificarse la forma de citarlo.
Los organismos con los que cuenta el Poder Ejecutivo para proteger a un niño, intervienen en "medidas de protección excepcionales" amparadas por la ley 26.071, que habilita su actuación en situaciones de riesgo social o vulneración. Pablo Martínez advirtió que "si la denuncia es falsa, se está vulnerando al niño".
Otros casos
La madre del niño recordó que, luego de que policías llegaran a su casa para hacer un proceso de "identificación" de su hijo y luego lo citaran a declarar, se acercó hasta el juzgado y obtuvo respuestas que la alertaron aún más.
"Yo sabía que no estaba bien", advirtió. Al verla molesta, funcionarios judiciales intentaron calmarla y en ese contexto le dijeron que el de su hijo no es el único caso."Ellos lo tomaban de una manera tan relajada que, cuando les planteo que no estaba bien que le hicieran firmar un documento a mi hijo como ocurrió, el secretario del juzgado me dijo que iban otros niños de 6 años para ser identificados, de la misma manera que lo hicieron con mi nene", destacó.
Para la mujer, quedó claro que se trata de una forma de proceder sistematizada. "Esto se conoció porque yo fui, indagué y me planté. Les dije que no voy a dejar que mi hijo venga a declarar". Afirmó que a la audiencia convocada para el 19 de abril irá solo ella.
El vecino que denunció al niño, por otra parte, está por llegar a juicio por amenazas y agresiones hacia la madre del niño. Por eso, la familia vive con custodia policial hace tres meses. "Si uno de nosotros sale, el policía viene con nosotros, así que es imposible lo que se denunció", aclaró la mujer.
“En Salta rige una ley inconstitucional”
El abogado Álvaro Arias Camacho pidió respetar los derechos del niño.
Para el abogado Álvaro Arias Camacho, integrante del grupo Alfa, Centro Comunitario para el Acceso a la Justicia, el caso del niño de Metán deja entrever un problema del sistema. “La sociedad se alarma por una situación penal mínima de un niño, pero la sociedad no ve qué es lo que permite esta situación”, advirtió.
El abogado hizo referencia a la ley 22.278 , que, aseveró, es lo que le da la luz verde al juez para tomar la reprochable medida: “El niño llega por una cuestión penal que es ininmputable, pero la ley le permite disponer del niño cuando aún no siéndolo”, resaltó.
La ley indica que los chicos de hasta 16 años no son punibles, pero al mismo tiempo le deja abierta la posibilidad de que el juez adopte medidas como realizar informes, “tomar conocimiento directo del menor” o “ponerlo” en un “lugar adecuado para su estudio”. “Si de los estudios realizados resultare que el menor se halla abandonado, falto de asistencia, en peligro material o moral, o presenta problemas de conducta, el juez dispondrá definitivamente del mismo”, indica la norma.
“Esta ley ya fue declarada inconstitucional en otras provincias. Deja que el juez decida la internación, alguna medida de seguridad o algún proceso educativo, que no es su competencia ”, alertó el abogado.
Arias Camacho esgrimió que viola la Convención de los Derechos del Niño y la ley nacional 26.061, de protección de niños, niñas y adolescentes.
En cuanto al caso en particular, el abogado indicó que “más allá de que la denuncia fuera falsa o real, no le corresponde al juez decidir sobre eso. En todo caso el juez que tomó la denuncia tiene que oficiar a los organismos para que tomen intervención y tomen la medida para el bien el niño. No puede ser citado”, aclaró.
Fuente de la Información: El Tribuno